Regl. 8029, art. 10-2

Requisitos para Radicar Solicitud de Servicios No Cotizados:

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Cite as Reglamento Núm. 8029, Art. 10-2

A. Las solicitudes de servicios no cotizados serán radicadas por el participante en servicio activo. B. La solicitud de crédito por servicios no cotizados, deberá estar completada, firmada y fechada por el solicitante e incluir la Certificación de Servicios y cualquier otro documento requerido por el Sistema. El participante deberá indicar los conceptos por los cuales desea acreditación, así como el plan de pagos, de interesarlo. 11 C. El participante será responsable de incluir los documentos aplicables en cada concepto de acreditación de servicios, según enumerados en la Solicitud de Servicios No Cotizados. D. No se aceptarán solicitudes incompletas y se devolverá las mismas al participante. E. El proceso de evaluación comenzará cuando la solicitud sea entregada con toda la documentación requerida. F. Las decisiones del Administrador de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado y las formas militares (DD214, 100, 5861 ó 1681) serán aceptadas en copias legibles.
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