Regl. 8029, art. 10-2
Requisitos para Radicar Solicitud de Servicios No Cotizados:
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Cite as Reglamento Núm. 8029, Art. 10-2
A. Las solicitudes de servicios no cotizados serán radicadas por el participante en
servicio activo.
B. La solicitud de crédito por servicios no cotizados, deberá estar completada,
firmada y fechada por el solicitante e incluir la Certificación de Servicios y
cualquier otro documento requerido por el Sistema. El participante deberá indicar
los conceptos por los cuales desea acreditación, asà como el plan de pagos, de
interesarlo.
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C. El participante será responsable de incluir los documentos aplicables en cada
concepto de acreditación de servicios, según enumerados en la Solicitud de
Servicios No Cotizados.
D. No se aceptarán solicitudes incompletas y se devolverá las mismas al participante.
E. El proceso de evaluación comenzará cuando la solicitud sea entregada con toda la
documentación requerida.
F. Las decisiones del Administrador de la Corporación del Fondo del Seguro del
Estado y las formas militares (DD214, 100, 5861 ó 1681) serán aceptadas en
copias legibles.