Regl. 8029, art. 22
PAGO DE BENEFICIOS A MENORES DE EDAD o
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Cite as Reglamento Núm. 8029, Art. 22
INCAPACITADOS
Cuando los beneficiarios de un participante fallecido sean menores de edad no
emancipados, deberá tramitarse el pago de conformidad con las siguientes normas: