Regl. 8029, art. 24-3
Nuevas Designaciones:
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Cite as Reglamento Núm. 8029, Art. 24-3
Todo participante deberá radicar una nueva Designación de Beneficiarios en el sistema al
cual se transfiere. Las designaciones o nombramientos de beneficiarios que haya
efectuado el participante en el sistema de retiro del cual se separó, no tendrá ningún
efecto ni validez para efectos de este Sistema.