Regl. 8030, art. 12-12.2
Evaluación de Empleados
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Cite as Reglamento Núm. 8030, Art. 12-12.2
La Comisión establecerá un sistema para la evaluación periódica de la labor que realizan
los empleados a los fines de determinar si éstos satisfacen los criterios de productividad,
eficiencia, orden y disciplina que deben prevalecer en el servicio público.
1.
Propósitos del Sistema de Evaluación
Se establecerán los sistemas de evaluación que sean necesarios para los
siguientes propósitos:
(a)
Evaluar la labor del empleado para propósitos de cambio de status o
retención en el empleo.
(b)
Orientar a los empleados sobre la forma en que deben efectuar su trabajo
para que éste se considere satisfactorio.
(c)
Hacer reconocimiento oficial de la labor altamente meritoria.
(d)
Determinar necesidades de adiestramiento, desarrollo y capacitación de
personal.
(e)
Determinar la elegibilidad para la concesión de aumentos.
(f)
Determinar el orden correlativo de las cesantÃas y la prioridad para reempleo
de empleados cesanteados mediante eliminación de puestos por falta de
fondos.
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(g)
Determinar la reubicación de los empleados para la mejor utilización de sus
conocimientos, destrezas, habilidades y potencialidades.
(h)
Evaluar la labor de los empleados con status regular.