Regl. 8030, art. 14-14.1
Deducciones
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Cite as Reglamento Núm. 8030, Art. 14-14.1
La ley requiere que la Comisión deduzca de los salarios devengados por sus
empleados(as) varias partidas cada vez que se prepara la nómina. Estas partidas
incluyen, pero no se limitan, a: Seguro Social, Medicare, Contribuciones Sobre Ingresos
("Income Tax"); pensión alimentaria por orden judicial O de ASUME; órdenes judiciales de
embargo de salarios ("garnishment orders"); y aquellas que se impongan en el futuro bajo
nueva legislación. La cantidad de ciertas deducciones podrÃa depender del salario y de la
información que el empleado le suministra a la Comisión al llenar la forma de deducciones
del Departamento de Hacienda de Puerto Rico.