Regl. 8030, art. 17-17.11

Armarios y Escritorios

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Cite as Reglamento Núm. 8030, Art. 17-17.11

La Comisión podría proveer armarios y escritorios para el uso de sus empleados. Sólo los seguros 0 candados provistos por la Comisión podrán utilizarse en los mismos. Aunque dichos armarios y escritorios se encuentran disponibles para la conveniencia del empleado en el trabajo, los mismos le pertenecen únicamente a la Comisión. La Comisión podrá abrir e inspeccionar armarios y escritorios así como el contenido de los mismos.
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