Regl. 8030, art. 17-17.15

Política de No Fumar

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Cite as Reglamento Núm. 8030, Art. 17-17.15

Conforme a la legislación vigente, está totalmente prohibido fumar dentro de la oficina y del edificio. Solamente se puede fumar en un área libre y debe hacerse en horas no laborables. En ningún momento se puede interrumpir el servicio para salir a fumar. Aquellos empleados que violen esta política estarán sujetos a la acción disciplinaria correctiva pertinente.
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