Regl. 8030, art. 18-18.4 dup2

Designación de Personal a Cargo de Asuntos de Violencia Doméstica

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Cite as Reglamento Núm. 8030, Art. 18-18.4 dup2

Mediante la presente política, la Comisión designa a los Comisionados la responsabilidad de todo asunto relacionado a cuestiones de violencia doméstica en el trabajo. Estas personas tendrán las siguientes funciones, además de las adscritas a su cargo: 1. Estarán a cargo de coordinar la educación y adiestramiento al personal de supervisión, al personal a cargo de las sucursales y al resto del personal sobre violencia doméstica. 2. Servirán de apoyo al personal de supervisión, y al personal a cargo de las sucursales para el manejo de situaciones de violencia doméstica. 3. Estarán a cargo de orientar, junto al supervisor o supervisora, al empleado afectado por la situación de violencia doméstica sobre las alternativas de seguridad disponibles. 4. Coordinarán en la implementación de las alternativas aplicables y/o con el cumplimiento de órdenes de protección. Los Comisionados pueden ser contactados a los teléfonos de sus respectivas oficinas particulares. Los Comisionados trabajarán en conjunto con el personal de supervisión quienes deberán: (1) Recibir adiestramiento sobre la violencia doméstica y la implementación de planes de seguridad. (2) Informar a los demás Comisionados aquellos asuntos relacionados con violencia doméstica que le informe cualquier empleado o empleada. 71
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