Regl. 8030, art. 18-18.4 dup2
Designación de Personal a Cargo de Asuntos de Violencia Doméstica
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Cite as Reglamento Núm. 8030, Art. 18-18.4 dup2
Mediante la presente polÃtica, la Comisión designa a los Comisionados la responsabilidad
de todo asunto relacionado a cuestiones de violencia doméstica en el trabajo. Estas
personas tendrán las siguientes funciones, además de las adscritas a su cargo:
1.
Estarán a cargo de coordinar la educación y adiestramiento al personal de
supervisión, al personal a cargo de las sucursales y al resto del personal sobre violencia
doméstica.
2.
Servirán de apoyo al personal de supervisión, y al personal a cargo de las
sucursales para el manejo de situaciones de violencia doméstica.
3.
Estarán a cargo de orientar, junto al supervisor o supervisora, al empleado afectado
por la situación de violencia doméstica sobre las alternativas de seguridad disponibles.
4.
Coordinarán en la implementación de las alternativas aplicables y/o con el
cumplimiento de órdenes de protección.
Los Comisionados pueden ser contactados a los teléfonos de sus respectivas oficinas
particulares.
Los Comisionados trabajarán en conjunto con el personal de supervisión quienes deberán:
(1)
Recibir adiestramiento sobre la violencia doméstica y la implementación de
planes de seguridad.
(2) Informar a los demás Comisionados aquellos asuntos relacionados con
violencia doméstica que le informe cualquier empleado o empleada.
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