Regl. 8030, art. 19-19.3
Despido Inmediato
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Cite as Reglamento Núm. 8030, Art. 19-19.3
Una sola ofensa o primera falta será justa causa para terminar su empleo si por su
gravedad y su potencial de daño pone en riesgo el orden, seguridad o la eficiencia que
constituye la normalidad de las funciones de la Comisión o si es de tal seriedad o
naturaleza que revela una actitud o una falta de carácter tan lesivo a la paz y al buen
orden de la Comisión que constituirÃa una imprudencia mantenerlo en el empleo.
A continuación algunas de las faltas que podrÃan considerarse como causas de despido
inmediato:
Violar las normas de confidencialidad de la Comisión
Incurrir en hostigamiento sexual o discrimen
Amenazar o agredir fÃsicamente a un compañero, visitante, supervisor o
Comisionado
Insubordinación o negativa a cumplir con instrucciones o no realizar aquellas
funciones que se le asignen
Alterar la paz institucional mediante amenazas o incitaciones a peleas
Amenazar, intimidar, coaccionar, usar lenguaje abusivo, profano, obsceno o vulgar,
o interferir con el desempeño de otros empleados
Uso no autorizado de material, tiempo, equipo o propiedad de la Comisión
Dañar o destruir propiedad de la Comisión
Fraude o intento de fraude
Apropiación 0 remoción de materiales O propiedad de la Comisión, sin autorización
para ello
Conducta impropia que afecte la imagen de la Comisión
Convicción por un delito que conlleve depravación moral o deshonestidad
Firmar 0 hacer entrada o alteración en la hoja de asistencia de otro empleado y/o
solicitar o permitir que se haga dicha acción con respecto a su hoja de asistencia
Falsificar documentos de la Comisión
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Proveer información falsa en su solicitud de empleo O en cualquier otro documento
o expediente de la Comisión
Ausencia sin autorización y/o notificación por tres (3) dÃas consecutivos
Acudir al trabajo bajo los efectos del alcohol 0 de drogas
Poseer, vender o ingerir, sin autorización, bebidas alcohólicas en las instalaciones
de la Comisión en cualquier momento
Usar, vender y poseer drogas ilÃcitas en las instalaciones de la Comisión en
cualquier momento
Incurrir en un patrón de ausencias o tardanzas
Desempeñar su trabajo de forma negligente o incompetencia en el desempeño de
su trabajo
Abandonar su área de trabajo sin autorización
Se le notificará al empleado la determinación tomada, por escrito, y se le apercibirá del
término y foro que dispone para apelar la determinación de despido.
En aquellos casos de mal uso de fondos O cuando haya motivos razonables de que existe
un peligro real para la salud, vida 0 moral de los empleados o del pueblo en general, se
podrá suspender sumariamente al empleado antes de la celebración de la vista previa. En
este caso, se celebrará la vista informal dentro del término de diez (10) siguientes a la
acción de suspensión.