Regl. 8030, art. 6 dup2
POLÍTICA DE PUERTAS ABIERTAS
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Cite as Reglamento Núm. 8030, Art. 6 dup2
Es el deseo de los Comisionados el mantener un clima agradable y saludable de trabajo
para el disfrute de todos los empleados.
La Comisión aspira a un ambiente de trabajo libre de malos entendidos 0 diferencias entre
los empleados. Sin embargo, los Comisionados reconocen que pueden surgir situaciones
por falta de conocimiento o entendimiento de ciertas políticas de la Comisión que
usualmente envuelven sueldos, horas de trabajo, años de servicio u otros términos o
condiciones de empleo. Si algún empleado siente la necesidad de aclarar una situación
personal en particular, se le exhorta que dialogue con su supervisor. El 0 ella tienen la
responsabilidad de escucharle y ayudarle a canalizar adecuadamente su situación o
cualquier queja relacionada con su trabajo en la Comisión.
Si el problema persiste o se le hace difícil discutirlo con su supervisor, el empleado tiene la
alternativa de presentar la situación a alguno de los Comisionados, quien le asistirá en
forma constructiva a ambas partes en el manejo de la situación.
PARTE II
DEFINICIONES