Regl. 8031, art. 17-17.10

Enmiendas al Reglamento para la Administración de los Recursos Humanos del Servicio de Carrera Gerencial.

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Cite as Reglamento Núm. 8031, Art. 17-17.10

Aumentos Generales de Sueldo Cuando la situación presupuestaria así lo permita, los empleados cubiertos por este Reglamento podrán recibir aumentos generales de sueldo bajo las siguientes situaciones: 1. Cuando el personal unionado reciba aumentos anuales estipulados por Convenio Colectivo. 2. Cuando cumplan veinticinco (25), treinta (30) y treinta y cinco (35) años de servicios prestados a la Corporación, recibirán un aumento equivalente a dos (2) tipos intermedios según la escala salarial en la que ubique el puesto del empleado. 3. La Corporación se reserva el derecho de conceder aumentos adicionales a base de los méritos individuales de lo dispuesto en la Sección 17.6 de este Artículo. AI comienzo de cada año fiscal, de acuerdo al presupuesto de la Corporación presentado por el Presidente, se determinará la concesión de aumentos generales al personal gerencial de carrera. 8
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