Regl. 8041, art. 10 dup2
Asesores o Comité Asesor
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Cite as Reglamento Núm. 8041, Art. 10 dup2
La División de Aseguramiento de Calidad podrá solicitarle al Director Ejecutivo
del Instituto el nombramiento de un Asesor Forense o Comité Asesor de Educación
Forense Continua para contar con el asesoramiento en la preparación e implantación
de procedimientos y/o criterios de todo lo relacionado con el programa de educación
continua, asà como para la evaluación de actividades educativas.
El nombramiento se realizará por autoridad del Director Ejecutivo, en el cual se
hará constar el propósito, vigencia de la designación y deberes del Asesor Forense o
Comité Asesor nombrado.
PARTE III - REQUISITOS DE EDUCACIÓN Y CERTIFICACIÓN