Regl. 8041, art. 11
Obligación de Capacitación
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Cite as Reglamento Núm. 8041, Art. 11
A partir de la vigencia de este Reglamento, los profesionales forenses deberán
cumplir con los requisitos mÃnimos de educación continua dispuestos por la División de
Aseguramiento de Calidad. El incumplimiento con dichos requisitos estará sujeto a
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medidas disciplinarias. La División de Aseguramiento de Calidad no podrá eximir de
cumplir con los requisitos de educación continua a la fecha determinada, salvo que
ocurran una o más de las situaciones que se describen a continuación:
(a) Servicio Militar - Todo empleado que por prestar servicio militar no haya
cumplido con los requisitos de educación continúa deberá presentarse evidencia
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fehaciente de la orden de ingreso o activación y de descargo o rendición de
funciones militares. Deberá evidenciarse el tiempo que duró la activación de
HSC
servicio militar.
(b) Motivos de Salud Todo profesional forense que por motivos de salud no haya
podido cumplir con todos o parte de los requisitos de educación continua deberá
presentar un certificado médico actualizado y vigente que exponga el término de
duración de la enfermedad, y cómo ésta le inhabilitó de sus funciones
profesionales durante dicho periodo.
(c) Organización Religiosa -Todo profesional forense que por motivos de
pertenecer a una organización religiosa sea asignado a ofrecer sus servicios
fuera del paÃs y en algún lugar en que no le sea posible cumplir con los
requisitos de educación continua, deberá presentar un certificado oficial de la
organización religiosa que indique el periodo cubierto por la misión, tareas
realizadas y el lugar en que el profesional estuvo destacado.
(d) Estudios Universitarios Todo profesional forense podrá cumplir con los
requisitos de educación forense continua hasta ocho (8) horas contacto por año,
de haber completado y aprobado cursos universitarios en las áreas de ciencias
naturales, médicas o forenses. El profesional deberá presentar una transcripción
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de créditos certificada de la institución docente acreditada donde cursó los
estudios. Los cursos serán evaluados por la División de Calidad anualmente en
cuanto a aplicabilidad y cumplimiento con el programa de educación forense
continua.