Regl. 8042, art. 5

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Cite as Reglamento Núm. 8042, Art. 5

Enmendar el Reglamento Conjunto para integrar el Reglamento de Calificación Especial del Área de Planificación Especial de la Gran Reserva del Noreste (APEGRN) en el Capítulo 37, Regla 37.5 Adoptado en San Juan, Puerto Rico hoy 16 de mayo de 2011 RUBEN FLORES MARZAN Presidente LESLIE M. humm ROSADO SÁNCHEZ LESLIE Miembro HERNANDEZ Asociado CRESPO Miembro Asociado MANUEL Miembro CARDONA C.L Asociado MARTINEZ EDGAR.R. Edgf RIVERA Miembro Alterno CERTIFICO: Que la presente es copia fiel y exacta del acuerdo adoptado por la Junta de Planificación de Puerto Rico, en su reunión celebrada el 16 de mayo de 2011, para conocimiento y uso general expido la presente copia bajo mi firma y sello oficial de esta Junta. En San Juan, Puerto Rico, hoy '01 JUL 2011 CERTIFICO que esta es copia fiel y exacta LOIDA SOTO Robhoguers NOGUERAS del documento original y para que así conste, firma la presente en San Juan, Puerto Rico Secretaria a 01 JUL 2017 hogvern Secretaria GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACIÓN GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA OF JP-834.1A-Rev. Aug./02 GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACION Santurce, Puerto Rico Hoja de Junta en Pleno Asunto: DOCUMENTO DESIGNACIÓN GRAN RESERVA NATURAL CORREDOR ECOLÓGICO DEL NORESTE Y REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN ESPECIAL AREA DE PLANIFICACIÓN ESPECIAL DE LA GRAN RESERVA DEL NORESTE La Junta de Planificación y el DRNA han elaborado los documentos mencionados en el asunto de epígrafe luego de llevar a cabo la vista pública el 18 de enero de 2011, se ha continuado analizando los comentarios del APEGRN. Al 4 de abril de 2004 se han recibido aproximadamente 228 comentarios tanto de ciudadanos como de agencias. Se modificó la delimitación propuesta del APEGRN para unir por la zona marítimo terrestre la Reserva Natural de Cabezas de San Juan con el APEGRN y que quedaran integradas en la Gran Reserva del Noreste. Se realizó un análisis de las Transferencias de Derechos Desarrollo (TDD), dejando constante la densidad máxima en una cuerda como 1.5 habitaciones para no alterar el total máximo de habitaciones en el distrito de Turismo Sostenible (TS) que se ha establecido en 298.62 habitaciones en las 199.08 cuerdas de terreno TS. Se estableció como densidad ministerial 3 habitaciones en 25 cuerdas. En el distrito Bosque (BQ) se aplicará también la técnica de TDD, las eco-hospederías que se vayan a proponer aquí deberán ser evaluadas por la Junta de Planificación mediante Consulta de Ubicación y se estableció un máximo de 120 habitaciones en todo el distrito BQ. El máximo de habitaciones que podrá tener una eco-hospedería será de 30 habitaciones según se establece en la Guías de Diseño para Instalaciones Ecoturísticas y Turismo Sostenible. El Plan y Reglamento de Calificación Especial del APEGRN consta de 3 secciones, la Sección I corresponde al Plan que recoge la información técnica de la Delimitación de la Gran Reserva Natural del Corredor Ecológico del Noreste (GRNCEN) sometida por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, el diagnóstico y el uso de terreno; la Sección II corresponde al Reglamento de Calificación Especial que enmendará el Reglamento Conjunto en la Sección 37.5 y establece los parámetros de diseño para los distritos propuestos; la Sección III corresponde a los Anejos entre los cuales se incluye un análisis económico preparado por el Subprograma de Análisis Económico. Se radicó la Exclusión Categórica conforme a la Resolución R-10-45-5: 106 y 109 el día 13 de abril de 2011 ante la OGPe quien otorgo una Determinación de Cumplimiento Ambiental Número 2011-DEC-002555 Una vez adoptado y aprobado el Plan y Reglamento de Calificación Especial del APEGRN se procederá a preparar el plan de manejo para la Gran Reserva del Noreste con participación Interagencial entre los que se podrían incluir: DRNA, USFS, Fideicomiso de Conservación, USFWS, Departamento de Agricultura, Junta de Planificación y miembros de la comunidad. CERTIFICO que esta Se presenta ante la junta para la acción su adopción y acción correspondiente es copia fiel y exacta del documento original y para que así conste, firma la presente en IRMGARD GONZALEZ SEGARRA San Juan Puerto Rico 01 JUL 2011 FUNCIONARIO QUE ESTUDIA Y PRESENTA CASO ACUERDO DE JUNTA: Secretaria ADOPTAR LA DELIMITACION DE LA GRAN RESERVA NATURAL DEL CORREDOR ECOLOGICO DEL NORESTE Y LA DELIMITACION DEL AREA DE PLANIFICACION ESPECIAL DE LA GRAN RESERVA DEL NORESTE. SE ADOPTA EL PLAN Y REGLAMENTO DEL AREA DE PLANIFICACION ESPECIAL DE LA GRAN RESERVA DEL NORESTE (APEGRN) Y SE ENMIENDA EL REGLAMENTO CONJUNTO, PARA INCORPORAR DICHA REGLAMENTACION EN EL CAPITULO 37 REGLA 37,5 DEL REGLAMENTO CONJUNTO. FIN DE ACUERDO**** 16-MAYO-2011 FECHA PRESIDENTE MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACIÓN Departamento de Recursos Naturales y Ambientales San Juan, Puerto Rico 200 PLAN Y REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN ESPECIAL GRAN RESERVA DEL NORESTE ÁREA DE PLANIFICACIÓN GOBIERNO DE PUERTO RICO ESPECIAL DE LA GRAN RESERVA DEL NORESTE (APEGRN) SECCIÓN I Océano Atlántico Vigencia VISION 28 de junio de 2011 LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO PUERTO RICO 30 MURAIS DRNA AMBIENTALES VERDE GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES SAN JUAN, PUERTO RICO PLAN Y REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN ESPECIAL ÁREA DE PLANIFICACIÓN ESPECIAL DE LA GRAN RESERVA DEL NORESTE APEGRN
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