Regl. 8044, art. 10-10.6 dup2
Reglamento de Compras y Subastas de Bienes y Servicios no Profesionales.
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Cite as Reglamento Núm. 8044, Art. 10-10.6 dup2
Modificaciones de las Ofertas
Las ofertas podrán ser modificadas únicamente antes de la apertura de Subasta,
mediante comunicación escrita, que deberá ser presentada ante al Secretario de la
Junta de Subastas, en sobre cerrado debidamente identificado con el número de la
subasta, fecha, hora señalada para la apertura y nombre y dirección del licitador.
Deberá incluirse información indicando las razones para la modificación de la oferta.
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Reglamento de Compras y Subastas de Bienes y Servicios no Profesionales de la Administración de los Sistemas
de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura
Dichas modificaciones serán inadmisibles, si se radican luego de la fecha y hora de la
apertura de la subasta. Toda modificación de oferta será abierta en la fecha y hora
señalada para la apertura de la subasta original.