Regl. 8044, art. 8-8.1 dup2
Reglamento de Compras y Subastas de Bienes y Servicios no Profesionales.
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Cite as Reglamento Núm. 8044, Art. 8-8.1 dup2
Ingreso al Registro
El Registro Único de Licitadores de ASG debe ser utilizado en todo proceso de compra
que efectúe la Administración. Para ingresar al Registro de Licitadores Cualificados de
la Administración, los proveedores deben presentar anualmente los siguientes
documentos:
A. Certificación de radicación de planillas contributivas y certificación de
ausencia de deuda contributiva o certificación de estar acogido a un plan de
pago con el Departamento de Hacienda.
B. Certificación de ausencia de deuda por concepto de contribuciones sobre la
propiedad.
C. Certificación de ausencia de deuda por la Administración de Sustento de
Menores.
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Reglamento de Compras y Subastas de Bienes y Servicios no Profesionales de la Administración de los Sistemas
de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura
D. Certificación de ausencia de deuda por concepto de incapacidad, desempleo
y seguro choferil, si aplica.
E. Certificación de pago de póliza al Fondo de Seguro del Estado, si aplica y
certificación de ausencia de deuda.
F. Certificado de la incorporación o autorización de hacer negocios en Puerto
Rico emitidos por el Departamento de Estado y certificado de buena pro
(good standing), si aplica.
G. Copia de la patente municipal y cualquier licencia o permiso de operar el
negocio, si aplica.
H. En aquellos casos que sea necesario, copia de las pólizas de seguros que
sean requeridas para brindar el servicio.
I. Cuando se considere necesario la Administración podrá requerir información
adicional incluyendo, pero sin limitarse a experiencia y años de servicio, lista
de contratos otorgados con los gobiernos estatales y municipales, entre
otros.