Regl. 3158, art. 1-11
DEBERES Y PODERES
Cite as Reglamento Núm. 3158, Art. 1-11
1. Los deberes y poderes de la Junta serán los
siguientes:
a. Adoptar un sello;
b. Aprobar las especificaciones;
C. Redactar especificaciones;
d. Considerar, evaluar y decidir sobre las solicitudes para incluir O excluir especificaciones,
revisar las existentes;
e. Publicar el Patrón de Especificaciones;
f. Aprobar las normas internas necesarias para el
funcionamiento de la Junta;
g. Orientar a las agencias y a los posibles licitadores del Gobierno en cuanto a la aplicación
de las especificaciones publicadas por la Junta.
2. Los deberes y poderes del Presidente son los
siguientes:
a. Velar porque se cumpla con la reglamentación;
b. Velar por el funcionamiento normal de la Junta;
C. Velar porque los miembros de la Junta cumplan
fielmente los deberes de su cargo;
d. Dirigir los procedimientos de la Junta;
e. Representar a la Junta;
f. Convocar y presidir las reuniones de la Junta;
g. Adoptar como suyas las recomendaciones de los
miembros de la Junta;
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h. Presidir las vistas de inclusión o exclusión
de especificaciones;
i. Delegar sus funciones cuando ello sea en beneficio de los trabajos de la Junta;
j. Cumplir con las funciones y deberes inherentes
a su posición.
3. Las funciones del Secretario serán las siguientes:
a. Custodiar toda la información contenida en los
libros, correspondencia, archivos y documentos
de la Junta;
b. Mantener el control de toda la correspondencia
recibida y enviada por la Junta;
C. Certificar los documentos de la Junta;
d. Levantar, controlar y mantener las actas de
todas las reuniones de la Junta;
e. Llevar record de las vistas y de todos los
trabajos y decisiones de la Junta;
f. Llevar el control de las especificaciones
aprobadas;
g. Llevar el control del Patrón de Especificaciones;
h. Tener a su cargo el funcionamiento administrativo de la Junta;
i. Cumplir con las funciones y deberes inherentes
a-su posición.