Regl. 8045, art. 6-6.5 dup2
Esquema Ocupacional
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Cite as Reglamento Núm. 8045, Art. 6-6.5 dup2
Una vez agrupados los puestos, determinadas las clases que constituirán el plan de
clasificación de puestos y designadas con su título oficial, se preparará un esquema
ocupacional o profesional de las clases de puestos que se establezcan,
incluyéndolas dentro de los correspondientes grupos ocupacionales o profesionales
que se identifiquen.
Este esquema reflejará la relación entre una y otra clase y entre las diferentes
series de clases que éstas constituyan dentro de un mismo grupo y entre los
diferentes grupos y/o áreas de trabajo representadas en el Plan de Clasificación.
Este esquema formará parte del Plan de Clasificación.
Se preparará y mantendrá al día una relación de dicho esquema ocupacional o
profesional y una lista o índice alfabético de las clases de puestos comprendidas en
el Plan de Clasificación.
Cada clase de puesto se identificará numéricamente en los documentos antes
indicados mediante una codificación basada en el esquema ocupacional o
profesional que se adopte. Esta numeración se utilizará como un medio de
identificación de las clases en otros documentos oficiales que se preparen.
Comisión Apelativa del Servicio Público
Reglamento Personal del Servicio de Carrera
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