Regl. 8052, art. 3-12

Seguros

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Cite as Reglamento Núm. 8052, Art. 3-12

La Corporación mantendrá en vigor una póliza de seguros de responsabilidad en favor de los miembros de la Junta y la Corporación acuerda indemnizar y mantener libre de toda responsabilidad a los miembros de la Junta por sus actuaciones como miembros de la Junta. Los límites de cubierta de la póliza serán determinados por la Junta de tiempo en tiempo.
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