Regl. 8052, art. 3-4
Reuniones Ordinarias de la Junta
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Cite as Reglamento Núm. 8052, Art. 3-4
La Junta de Directores de la Corporación celebrará un mínimo de seis (6) reuniones
ordinarias en cada año fiscal, las reuniones se celebrarán preferiblemente el tercer
miércoles de mes en la Oficina Principal de la Corporación, o en cualquier otro sitio, que
el Presidente, o una mayoría de la Junta determine, mediante resolución. Los directores
podrán participar personalmente, mediante conferencia telefónica o conferencia virtual.