Regl. 8054, art. 16-2

- En esto casos, luego de vencido el periodo de gracia, se impondrá un

Length: 37 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8054, Art. 16-2

recargo adicional a la cantidad adeudada del cinco (5) por ciento de la cuantía del pago o plazo mensual o el que periódicamente determine la Administración mediante Resolución de la Junta de acuerdo al producto de préstamo.
Regl. 8054, art. 16-2: - En esto casos, luego de vencido el periodo de gracia, se impondrá un | Justis AI