Regl. 1279, art. 1000.4-1000.3c
Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. VI -- Montacargas de Trabajadores. No incluido en el índice bajo la Ley Núm. 149 de 12 dic, 2005
Cite as Reglamento Núm. 1279, Art. 1000.4-1000.3c
1000.3c** Etiquetas
Una etiqueta de metal será firmemente adherida
a uno de los amarres después de cada engrilletado y
llevará la siguiente información:
(1) El nombre de la persona o firma que llevó
a cabo el reengrilletado.
(2) La fecha en la cual se reengrilletó el
cable.
El material y estampado de las etiquetas se
ajustará a los requisitos de la Parte II, Sección 207,