Regl. 8054, art. 8-9
- Ningún tutor administrativo podrá solicitar dinero o préstamo a nombre de
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Cite as Reglamento Núm. 8054, Art. 8-9
su tutelado. Los participantes O pensionados, aunque se encuentren bajo tutela
administrativa y que no sufran de una limitación en cuanto a su capacidad para
contratar, podrán presentar sus solicitudes sin la intervención del tutor administrativo.
El tutor no podrá comparecer en la solicitud en representación de éste o firmar el
contrato O Pagaré del préstamo.