Regl. 8060, art. 12

REMEDIOS

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Cite as Reglamento Núm. 8060, Art. 12

Toda controversia, queja, agravio, disputa, querella, denuncia o reclamación por parte de un servidor público o de un visitante de la ASG, basada en la aplicación o interpretación de las disposiciones de este Reglamento sobre su persona, será atendida de acuerdo al procedimiento que se describe a continuación. 12.1 Servidor público unionado Cuando quien presenta la alegación es un servidor público que pertenece a la Unidad Apropiada, se seguirá el procedimiento establecido en el Convenio Colectivo vigente. 12.2 Servidor público no unionado y visitantes Cuando quien presenta la alegación es un servidor público que no pertenece a la Unidad Apropiada o un visitante de la ASG, se seguirá el siguiente procedimiento: (a) El servidor público no unionado o el visitante, presentará su alegación por escrito ante la Oficina de Recursos Humanos de la ASG, con copia a la Oficina del Administrador. (b) El Administrador referirá el asunto a la Oficina de Auditoría Interna, para que se realice una investigación sobre los hechos. (c) Los resultados de la investigación serán presentados mediante un informe escrito dirigido al Administrador. 10 (d) El Administrador evaluará el informe y tomará acción sobre el mismo, de conformidad con este Reglamento, los reglamentos internos de la ASG, la LPAU y otras disposiciones legales aplicables. (e) La determinación del Administrador será notificada por escrito a la parte que presentó la alegación y, de ser necesario, a las autoridades correspondientes. (f) La parte que presentó el asunto podrá solicitar la reconsideración de la determinación del Administrador o la revisión judicial de la misma, de conformidad con las disposiciones de la LPAU. 12.3 Contenido de la alegación El escrito deberá contener una narración clara y precisa sobre los hechos alegados, especificando los nombres de las personas involucradas, los detalles y la descripción del evento, la fecha, hora, lugar y ubicación de las cámaras de seguridad, entre otros detalles pertinentes para la evaluación. También deberá exponer en el escrito el remedio que solicita y los fundamentos que apoyan su reclamo. 12.4 Destrucción del video grabado Aquellos servidores públicos o visitantes de la ASG que entiendan que su expectativa de intimidad ha sido mancillada, pueden solicitar que se destruya el video grabado con el contenido de la secuencia fílmica, siguiendo el procedimiento aplicable antes descrito.
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