Regl. 8060, art. 12
REMEDIOS
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Cite as Reglamento Núm. 8060, Art. 12
Toda controversia, queja, agravio, disputa, querella, denuncia o reclamación
por parte de un servidor público o de un visitante de la ASG, basada en la
aplicación o interpretación de las disposiciones de este Reglamento sobre su
persona, será atendida de acuerdo al procedimiento que se describe a
continuación.
12.1 Servidor público unionado
Cuando quien presenta la alegación es un servidor público que pertenece a la
Unidad Apropiada, se seguirá el procedimiento establecido en el Convenio
Colectivo vigente.
12.2 Servidor público no unionado y visitantes
Cuando quien presenta la alegación es un servidor público que no pertenece
a la Unidad Apropiada o un visitante de la ASG, se seguirá el siguiente
procedimiento:
(a) El servidor público no unionado o el visitante, presentará su alegación
por escrito ante la Oficina de Recursos Humanos de la ASG, con copia a
la Oficina del Administrador.
(b) El Administrador referirá el asunto a la Oficina de AuditorÃa Interna,
para que se realice una investigación sobre los hechos.
(c) Los resultados de la investigación serán presentados mediante un
informe escrito dirigido al Administrador.
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(d) El Administrador evaluará el informe y tomará acción sobre el mismo,
de conformidad con este Reglamento, los reglamentos internos de la
ASG, la LPAU y otras disposiciones legales aplicables.
(e) La determinación del Administrador será notificada por escrito a la
parte que presentó la alegación y, de ser necesario, a las autoridades
correspondientes.
(f) La parte que presentó el asunto podrá solicitar la reconsideración de la
determinación del Administrador o la revisión judicial de la misma, de
conformidad con las disposiciones de la LPAU.
12.3 Contenido de la alegación
El escrito deberá contener una narración clara y precisa sobre los hechos
alegados, especificando los nombres de las personas involucradas, los
detalles y la descripción del evento, la fecha, hora, lugar y ubicación de las
cámaras de seguridad, entre otros detalles pertinentes para la evaluación.
También deberá exponer en el escrito el remedio que solicita y los
fundamentos que apoyan su reclamo.
12.4 Destrucción del video grabado
Aquellos servidores públicos o visitantes de la ASG que entiendan que su
expectativa de intimidad ha sido mancillada, pueden solicitar que se destruya
el video grabado con el contenido de la secuencia fÃlmica, siguiendo el
procedimiento aplicable antes descrito.