Regl. 8060, art. 4

PROPÓSITO

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Cite as Reglamento Núm. 8060, Art. 4

Este Reglamento tiene como propósito establecer las normas y los procedimientos para la instalación y la operación de cámaras de seguridad en la ASG. Las disposiciones contenidas en este Reglamento procuran proteger y salvaguardar los bienes y la propiedad pública que administra la ASG, contra hurtos, sabotaje, vandalismo, incendios, mal uso de recursos en el empleo, así como actos intencionales o negligentes, que afecten adversamente el interés público. El Sistema tiene el propósito exclusivo de grabar cualquier actividad lícita o ilícita que amenace o que potencialmente pudiera amenazar la seguridad e integridad de la propiedad y/o de las personas que laboran o visitan la Administración de Servicios Generales. El Sistema se establece además con el propósito de colaborar con las autoridades del orden público en la prevención de actos criminales y de este modo, asistir en las investigaciones conducentes al esclarecimiento de actos delictivos, al igual que en casos de emergencias médicas, incendios, explosiones y accidentes de cualquier naturaleza. Este Reglamento también establece medidas de seguridad sobre los servidores públicos de la ASG y sobre toda persona que visite ésta Agencia, mientras se encuentren presente en sus instalaciones, edificios o predios.
Regl. 8060, art. 4: PROPÓSITO | Justis AI