Regl. 8061, art. 97-2

Regla 97 del Reglamento Intermediarios de Reaseguro. ENMEDNADO 8138

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Cite as Reglamento Núm. 8061, Art. 97-2

PROPÓSITO Establecer las normas que regirán la relación entre los intermediarios de reaseguro y los aseguradores y reaseguradores y las obligaciones y responsabilidades de cada una de las partes involucradas en esa relación, de modo que los riesgos cedidos por los aseguradores del país a través de los tratados de reaseguro que éstos suscriben con los reaseguradores, y que son colocados a través de estos intermediarios, queden adecuadamente protegidos lo cual, a su vez, redundará en la protección de los mejores intereses de los consumidores de seguros. La Regla aplica a los aseguradores del país y a los intermediarios de reaseguro. Quedan exceptuados de la Regla los aseguradores internacionales.
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