Regl. 3164, art. C-5
INTERPRETACION DE PALABRAS Y FRASES
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Cite as Reglamento Núm. 3164, Art. C-5
1. En general
Las palabras y frases usadas en este reglamento se
interpretarán según su contexto y el significado sancionado por el uso corriente y común.
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Las voces usadas en este reglamento en el tiempo presente incluyen también el futuro; las usadas en el género
masculino incluyen también el femenino y el neutro, salvo
los casos en que tal interpretación resultare absurda; el
número singular incluye el plural y viceversa.
2. En particular
a. Abreviaciones y definiciones
Las palabras y frases siguientes tendrán el
significado que a continuación se expresa:
1) Administración - La Administración de Servicios
Generales
2) Administrador - E1 Administrador de la Administración de Servicios Generales
3) Administrador Auxiliar - E1 Administrador Auxiliar
del Area de Compras, Servicios y Suministros, 0 su
representante autorizado.
4) Adquisición - Cualesquiera de los medios que usa el
Gobierno para procurarse todos los bienes, obras y
servicios necesarios para llevar a cabo sus funciones; tales como, pero no limitadas a compra, arrendamiento, donación y otros.
5) Agencia - Cualquier organismo componente del Gobierno
incluyendo la Administración.
6) Area - E1 Area de Compra, Servicios y Suministros
de la Administración.
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7) Bienes - Bienes muebles 0 toda cosa que sea
susceptible de moverse por sí 0 por otra fuerza
y que puede ser fungible 0 no, tales como, pero
no limitados a lo siguiente: medicinas, comida,
material y equipo de oficina, material y equipo
de construcción, medios de transportación terrestre, aérea O marítima, sus piezas, accesorios y
materiales para su mantenimiento y reparación;
equipo, maquinaria y materiales de imprenta 0
reproducción; equipo, maquinaria y materiales
relacionados con el procesamiento de información
mediante medios electrónicos y microfilmación;
equipo, maquinaria y materiales escolares, médicos, científicos, y cualquier otro equipo, maquinaria 0 material necesario para el funcionamiento
del Gobierno.
8) Comprador - Cualquier funcionario del Gobierno,
autorizado a comprar en representación de éste y
a quien se le haya expedido nombramiento de "Delegado Comprador" ó "Subdelegado Comprador".
9) Contratista - Cualquier persona natural 0 jurídica
que tenga un contrato con el Gobierno para
suplir bienes, efectuar obras 0 prestar servicios.
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10) Dependencia - Unidades dentro de una misma
agencia que por razón de su tamaño, volumen 0
ubicación física se 1e dificultarán sus tareas
de depender de gestiones centrales para el
recibo de bienes.
11) Día - Día Natural
12) Gobierno La Rama Ejecutiva del Gobierno del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, excluyendo
las corporaciones públicas, los municipios
y cualquier otra agencia en los programas correspondientes que expresamente esté exenta de procurarse sus bienes, obras y servicios con la
intervención de 1a Administración.
13) Licitador - Cualquier persona natural 0 jurídica
que reúna los requisitos para contratar con el
Gobierno, y que forme parte de un registro de
licitadores, se le invite a cotizar o comparezca
motu propio a ofrecer precios.
14) Obras Cualquier trabajo de construcción, reconstrucción, alteración, ampliación, mejora, reparación, conservación, 0 mantenimiento de cualesquiera estructuras 0 edificaciones.
15) Receptor Cualquier funcionario 0 empleado del
Gobierno a quien el Administrador haya expedido
nombramiento de Receptor Oficial 0 Receptor
Auxiliar.
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16) Servicios - Todos los servicios no profesionales y aquellos servicios profesionales
que para su prestación se requiera que
quien lo vaya a prestar tenga un título
universitario y en ocasiones licencia para
ejercer. Deben estar relacionados con los
programas de la Administración tales como:
asesoramiento en sistemas de información
mediante medios electrónicos, microfilmación, relaciones públicas que conlleven
servicios de publicaciones, impresos 0
comunicaciones, administración de transportación, compra y otros.
17) Suministros - Bienes muebles fungibles