Regl. 8080, art. 11-6
Se enmienda el ArtÃculo 11 de la Sección I para que lea como sigue:
Cite as Reglamento Núm. 8080, Art. 11-6
Las disposiciones de este Reglamento se interpretarán liberalmente de forma tal que
viabilicen los proyectos elegibles para la concesión de los incentivos provistos mediante la
Ley 83, supra, se logre implantar la polÃtica pública establecida en la Ley Núm. 82, supra y
se garantice el cumplimiento con la Cartera de EnergÃa Renovable. Disponiéndose además
que las mismas complementarán con las disposiciones de cualquier otra reglamentación
vigente y compatible con éstos que adopten la Autoridad de EnergÃa Eléctrica (AEE), la
Junta de Planificación (JP), Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) y la Administración de
Asuntos Energéticos.