Regl. 8095, art. 13 dup2

NORMAS PARA PROCESAR LAS DONACIONES

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Cite as Reglamento Núm. 8095, Art. 13 dup2

1. La OPM podrá aceptar donaciones, traspasos, cesiones y aportaciones tales como, y sin limitarse a equipo, maquinaria, materiales, bienes muebles e inmuebles, servicios y fondos. 2. Si se tratara de bienes no utilizables por la OPM en la presentación de sus servicios normales, estos podrán ser recibidos para disponer de ellos por venta, que permita a la Procuradora adquirir otros bienes o servicios para uso por la OPM. 3. La OPM actuará como administrador fiduciario de los bienes, cuando el donante establezca como condición que mantendrá el título de la propiedad. 4. La OPM incurrirá en los gastos ordinarios y necesarios para mantener y operar la propiedad o servicios donados. 5. En los casos de donaciones de dinero, se procederá como sigue: a. El valor tiene que estar emitido a favor del Secretario de Hacienda, no se podrá aceptar dinero en efectivo. b. Entregará el valor al recaudador oficial para que proceda a emitir un recibo oficial al donante y para que deposite el mismo en la cuenta bancaria del Secretario de Hacienda. 17 "Reglamento para Solicitar, Aceptar, Recibir y Administrar Donaciones a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres" OPM-2011-06 c. El recaudador preparará el Modelo SC 745, Comprobante de Remesa, para contabilizar la donación en la cifra de cuenta indicada en el Modelo SC 946, mencionado. Enviará dicho Modelo a la División de Contabilidad de Ingresos del Área del Tesoro del Departamento de Hacienda acompañado de una copia del Modelo SC 946. d. Si la agencia no cuenta con un recaudador oficial enviarán el valor a la División de Contaduría General del Área del Tesoro acompañado de los Modelos SC 745, Comprobante de Remesa, SC 1035, Relación de Valores Recibidos y una fotocopia del Modelo SC 946. 6. Si la donación es de un bien mueble, se procederá como sigue: a. Expedirán al donante el Modelo SC 1212, Recibo de Propiedad Donada. Dicho Modelo lo prepararán en original y dos copias. Entregarán el original al donante, enviarán una copia al encargado de la propiedad y retendrá una copia para el expediente del donante. b. El encargado de la propiedad tasará la misma y le asignará número de propiedad y la marcará con dicho número. 18 "Reglamento para Solicitar, Aceptar, Recibir y Administrar Donaciones a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres" OPM-2011-06 c. Preparará el Modelo SC 785, Informe de Enmienda al Activo Fijo para contabilizar la propiedad donada en los libros del Departamento de Hacienda. d. Las agencias autorizadas a registrar sus transacciones en el Sistema PRIFAS, entrarán también las transacciones que afecten el Módulo de Activo Fijo y conservarán los justificantes para futuras intervenciones de la Oficina del Contralor o del Departamento de Hacienda. Las que no estén autorizadas, deberán enviar a la División de Propiedad del Negociado de Cuentas de este Departamento, el Modelo SC 785, Informe de Enmienda al Activo Fijo, junto con la copia de Modelo SC946 y SC 1212. 7. Las aportaciones no tendrán año económico para ser utilizadas, y se podrán utilizar en el año económico que la Procuradora entienda que le produzcan el mejor beneficio a la OPM y al público en general.
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