Regl. 8100, art. 1-3

Los propósitos primordiales de este Reglamento son los siguientes:

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Cite as Reglamento Núm. 8100, Art. 1-3

A. Contribuir al mejoramiento profesional de personas que posean los requisitos de talento, habilidad, adiestramiento y vocación que justifique su perfeccionamiento en las disciplinas de Arqueología, Ciencias Antropológicas y Arqueología Subacuática. B. Proveer ayuda económica para proseguir estudios a nivel de maestría o doctorado a personas de escasos recursos económicos, en sus respectivas especialidades arqueológicas, así como para fomentar la investigación arqueológica, histórica y cultural en forma científica. C. Contribuir en la preparación de profesionales que puedan representar a Puerto Rico y a enriquecer nuestro patrimonio arqueológico terrestre.
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