Regl. 8100, art. 1-3
Los propósitos primordiales de este Reglamento son los siguientes:
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Cite as Reglamento Núm. 8100, Art. 1-3
A. Contribuir al mejoramiento profesional de personas que posean los
requisitos de talento, habilidad, adiestramiento y vocación que justifique
su perfeccionamiento en las disciplinas de Arqueología, Ciencias
Antropológicas y Arqueología Subacuática.
B. Proveer ayuda económica para proseguir estudios a nivel de maestría o
doctorado a personas de escasos recursos económicos, en sus
respectivas especialidades arqueológicas, así como para fomentar la
investigación arqueológica, histórica y cultural en forma científica.
C. Contribuir en la preparación de profesionales que puedan representar a
Puerto Rico y a enriquecer nuestro patrimonio arqueológico terrestre.