Regl. 8100, art. 3-3
Funciones del Secretario del Comité
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Cite as Reglamento Núm. 8100, Art. 3-3
A. Recibir las solicitudes de becas y propuestas de ayudas económicas.
B. Abrir un expediente al solicitante y mantenerlo al dÃa.
C. Enviar las convocatorias de las reuniones del Comité.
D. Preparar las actas de las reuniones donde consten los acuerdos tomados por
el Comité o cualquier otro informe requerido.
E. Mantener expedientes de las personas que han sido elegidas becarios y
solicitantes de la beca y darle seguimiento para velar que se cumpla con las
cláusulas especÃficas de los contratos.
F. Preparar un informe anual, el cual se hará llegar a los miembros del Comité y
a la Junta de Directores del ICP.
G. Velar que no se realice pago de beca en caso de cualquier violación a las
normas establecidas en este Reglamento.
H. El Secretario mantendrá un expediente que contendrá los documentos
requeridos, además de copia del contrato en caso de haberse otorgado la beca,
o carta denegando su solicitud. De faltar alguno de los documentos requeridos,
se habrá de considerar el expediente incompleto y no se considerará su solicitud
para beca.