Regl. 8100, art. 3-3

Funciones del Secretario del Comité

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Cite as Reglamento Núm. 8100, Art. 3-3

A. Recibir las solicitudes de becas y propuestas de ayudas económicas. B. Abrir un expediente al solicitante y mantenerlo al día. C. Enviar las convocatorias de las reuniones del Comité. D. Preparar las actas de las reuniones donde consten los acuerdos tomados por el Comité o cualquier otro informe requerido. E. Mantener expedientes de las personas que han sido elegidas becarios y solicitantes de la beca y darle seguimiento para velar que se cumpla con las cláusulas específicas de los contratos. F. Preparar un informe anual, el cual se hará llegar a los miembros del Comité y a la Junta de Directores del ICP. G. Velar que no se realice pago de beca en caso de cualquier violación a las normas establecidas en este Reglamento. H. El Secretario mantendrá un expediente que contendrá los documentos requeridos, además de copia del contrato en caso de haberse otorgado la beca, o carta denegando su solicitud. De faltar alguno de los documentos requeridos, se habrá de considerar el expediente incompleto y no se considerará su solicitud para beca.
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