Regl. 8100, art. 7-3
Causas para la Cancelación
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Cite as Reglamento Núm. 8100, Art. 7-3
A. El ICP podrá cancelar la beca si el solicitante hubiese sometido información
falsa, o violase los términos del contrato y este Reglamento o los estatutos de la
institución en que estudia. El becario estará obligado a devolver al ICP el importe
pagado de la beca.