Regl. 8100, art. 7-3

Causas para la Cancelación

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Cite as Reglamento Núm. 8100, Art. 7-3

A. El ICP podrá cancelar la beca si el solicitante hubiese sometido información falsa, o violase los términos del contrato y este Reglamento o los estatutos de la institución en que estudia. El becario estará obligado a devolver al ICP el importe pagado de la beca.
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