Regl. 3182, art. 22.1-25.1
Inspección por los Tesoreros
Cite as Reglamento Núm. 3182, Art. 22.1-25.1
Municipales.
A solicitud de los Tesoreros Municipales el Secretario
le suministrará a éstos aquella información de las planillas
rendidas bajo la Ley Núm 37, que sea necesaria para
determinar la patente aplicable a un comerciante según
se autoriza a imponer y cobrar las Secciones 27 y 28 de
la Ley Núm. 113 del 10 de julio de 1974, según enmendada
(Ley de Patentes Municipales).