Regl. 8101, art. 8 dup2

USO DE LAS DISTINTAS SALAS DE REFERENCIA

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Cite as Reglamento Núm. 8101, Art. 8 dup2

8.1 Para que los usuarios puedan tener acceso a las distintas salas de referencia del Archivo General de Puerto Rico, suscribirán un documento en que 4/10 REGLAMENTO PARA EL USO DE LAS SALAS DE ESTUDIO Y REFERENCIA DEL ARCHIVO GENERAL DE PUERTO RICO contendrá el procedimiento de uso de cada sala, en el que se comprometerán a seguir las normas allí expuestas: 8.2 Toda persona que por primera vez haga uso de las salas de investigación, deberá proveer los datos requeridos en la entrevista inicial. Se requiere presentar una identificación con foto. 8.3 Se prohíbe la entrada de niños menores de 12 años a las salas de investigación, mientras el adulto revisa la documentación. 8.4 Los bultos, carteras, carpetas, libros, y demás efectos personales deberán ser guardados en los encasillados provistos para esos fines. El visitante entregará una identificación con foto en la recepción para obtener acceso a la llave de uno de los encasillados. 8.5 Solo se utilizarán tarjetas o papeles tamaño 5" X 8". No se permitirá el uso de cuadernos o libretas. 8.6 Todo usuario saldrá de la sala con su computadora portátil abierta la cual deberá enseñar al encargado de sala antes de su salida. 8.7 NO se puede ingerir comidas, bebidas o fumar en las salas de investigación. 8.8 Se requiere de un silencio absoluto. De ser estrictamente necesaria la conversación, estará limitada al mínimo. 8.9 Los celulares deben estar a modo de vibración o de silencio dentro de la instalación. NO se puede contestar llamadas telefónicas dentro de las salas de investigación. 8.10 Las salas de investigación son áreas destinadas solamente para la revisión de documentación primaria y de los recursos de búsqueda (guías, catálogos, inventarios). 8.11 Se prohíbe el acceso de los usuarios a las oficinas, depósitos, talleres y otras áreas designadas para empleados. Solamente con la autorización del Archivero General de Puerto Rico o del Archivero Supervisor tendrán acceso a las áreas indicadas. En estos casos, el visitante estará acompañado de un empleado del Archivo General de Puerto Rico.
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