Regl. 8102, art. 15-32
Vigencia
Length: 86 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8102, Art. 15-32
Este Reglamento entrará en vigor inmediatamente luego de haberse presentado en el
Departamento de Estado, conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 170 de 12 de
agosto de 1978, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme", 3 L.P.R.A. §§ 2101 et seq.
La Junta de Confiscaciones aprobó este Reglamento el 31 de octubre de
2011.
Guillermo A. Somoza Colombani
Secretario de Justicia
Presidente de la Junta de Confiscaciones
Jesús F. Méndez RodrÃguez
Secretario de Hacienda
Emilio DÃaz Colón
Superintendente
PolicÃa de Puerto Rico