Regl. 1279, art. 1000-1000.1

Lubricación

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Cite as Reglamento Núm. 1279, Art. 1000-1000.1

Todas las partes de la maquinaria y equipo que requiere lubricación deberá ser lubricada periódicamente a intervalos regulares con lubricantes del grado recomendado por el fabricante. Deberá evitarse el uso de cantidades excesivas de lubricantes.
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