Regl. 8109, art. 10.70
Total de Cuerdas del Sector Punta Picúa
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Cite as Reglamento Núm. 8109, Art. 10.70
1,078.84
100.00
Nota: El Distrito Marino [CR-M] se extiende 9 millas náuticas⁵⁹ mar afuera, corresponde a la zona
costanera y no al terreno como tal.
Fuente: Junta de Planificación, GIS, 2009-08-28
Nota: las cantidades en cuerdas fueron redondeadas a dos dígitos
57
El Plan fue preparado en 1995 por lo que utiliza la nomenclatura vigente a ese año
58
Reglamento de Planificación Núm. 13
59
Una milla náutica equivale a 1,852 metros. Junta de Planificación, GIS, 2009
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Figura 16. Distribución de la Zonificación del Sector Punta Picúa
Calificación del Sector Pusta Picds
115.46 cdas
224.55 cdas
11.70%
21.81%
15.18 cdas
1.41%
723.65 cdas
67.08%
ato
MPR
MCR
DTS
ESTRATEGIAS DEL PLAN Y REGLAMENTO ESPECIAL
El Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, plantea 24 estrategias con el
propósito de lograr la protección, conservación y restauración de los sistemas naturales
en el Sector Punta Picúa, a la vez que se armoniza con el desarrollo limitado y
controlado del área:
1. Prohibir la extracción de arena y cualquier otra actividad que perjudique y
ocasione la erosión del sistema de dunas en el litoral costero.
2. Reforestar las áreas de dunas con el propósito de protegerlas de la erosión y
lograr una mayor consistencia de las mismas.
3.
Promover la protección de los recursos arqueológicos del litoral, evitando
aquellos usos y actividades que perjudiquen los mismos.
4. Identificar y promover aquellos deportes marinos que no destruyan los
recursos existentes como los arrecifes de coral y otras especies de vida marina.
5.
Evitar y prohibir aquellas actividades y usos que perjudiquen especies en
peligro de extinción, tales como tortugas marinas, aves marinas y otro tipo de
fauna así como la vegetación especial de las dunas.
6.
Prohibir la iluminación en las áreas de anidaje de tortugas marinas,
especialmente durante las épocas en que éstas desovan, debido a que estas
luces desorientan a las tortugas y sus crías.
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
7.
Proveer centros de observación, estratégicamente localizados para el disfrute
del paisaje y para la vigilancia.
8. Proteger el sistema estuarino en la Ensenada Comezón, mediante la prohibición
de botes de motor a velocidades altas y la prohibición de motoras acuáticas, así
como otras actividades y usos que resulten nocivos al sistema.
9. Prohibir aquellos usos que impliquen el depósito de relleno para el desarrollo
de alguna actividad.
10. Promover el balance ecológico y el funcionamiento natural del sistema de
mangles en el área.
11. Controlar y limitar los accesos a los diferentes sectores del área natural.
12. Controlar y limitar los usos recreativos (pasivos), paseos por veredas, torres de
observación, paseos en botes y cualquier otra actividad permitida en el área
natural.
13. Permitir los usos relacionados a la investigación científica y a las actividades
relacionadas a la conservación y al mantenimiento del área natural.
14. Proteger las especies endémicas del área, conservando y creando refugios de
aves y de otras especies de vida silvestre.
15. Utilizar los canales para la investigación científica y para la transportación de
visitantes, con el propósito de proveer paseos para la contemplación y el
disfrute del área. Controlar el número de visitantes al área natural, basándose
en la capacidad de carga del sistema, evitando así, la degradación de los
recursos naturales.
16. Restringir el uso de las embarcaciones de motor en la Maguana y en los
canales identificados para la preservación y conservación del bosque de
mangle. Podrán permitirse botes de remos y motores eléctricos.
17. Prohibir el depósito de relleno en los cuerpos de agua y en los terrenos
anegadizos, tales como ciénagas y manglares.
18. Prohibir las áreas de depósito de desperdicios sólidos, tales como vertederos
clandestinos.
19. Prohibir las descargas de aguas usadas a los cuerpos de agua.
20. Evitar la remoción de material de la corteza terrestre, que produzca
movimiento de sedimentos hacia terrenos anegadizos, cuerpos de agua y el
mar.
21. Promover el desarrollo ordenado y adecuado a las condiciones del área,
mediante distritos de zonificación especial y guías de ordenamiento y diseño.
22. Promover rotulación adecuada para la prohibición de todas aquellas actividades
nocivas y perjudiciales a los sistemas naturales del área.
23. Velar porque se cumpla con el requerimiento de certificaciones de
compatibilidad federal para aquellas actividades donde esté envuelta una
acción federal según dispone la Ley de Zona Costanera. Toda actividad en esta
área deberá obtener permiso del DRNA, según el Reglamento para el
Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de las Aguas
Territoriales en los terrenos sumergidos bajo ésta y la zona marítima terrestre.
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
24. Asignar áreas para reciclaje y composta para lograr la protección, conservación
y restauración de los sistemas naturales⁶⁰.
GUÍAS DE DISEÑO DEL PLAN Y REGLAMENTO ESPECIAL
El Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, presenta guías de diseño
específicas para los usos y las actividades permitidas en el sector, incluidas en este
documento. A continuación se describen los accesos:
Accesos
El Sector Punta Picúa, cuenta con un acceso principal el cual está localizado de forma
paralela a la costa, creando una separación entre lo que es el área de bosque (lado sur)
y una franja de terreno costero en donde se encuentran la mayoría de las
construcciones. Mayormente perpendicular a este acceso principal, surgen los accesos
que comunican con la costa y con las construcciones (Ver Figura 17).
Basado en las condiciones y en los accesos existentes en el sector, se proponen los
siguientes accesos para el disfrute de los recursos naturales existentes, evitando el
mínimo de intervención adversa a los mismos. La Ilustración Sobre Calle y Accesos
Propuestos, presenta la alineación y extensión de la calle o acceso principal al área,
identificando su sección típica. Esta calle es de uso público y su jurisdicción corresponde
al municipio de Río Grande. También se presentan los diferentes accesos propuestos
hacia el litoral costero y la zona marítimo-terrestre. A continuación se describen los
mismos:
Acceso 1:
Acceso Público Peatonal. Mide aproximadamente 150 metros de
largo y 2.5 metros de ancho. Debido a la longitud del mismo, se
recomienda proveer áreas de descanso y servicios.
Acceso 2:
Acceso Público de aproximadamente 20 metros de ancho.
Acceso 3:
Acceso Público de aproximadamente 8 metros de ancho.
Acceso 4:
Acceso de aproximadamente 9 metros de ancho. Además sirve de
acceso a las facilidades de la Asociación de Pescadores de Palmer.
60
Estrategia sugerida por ADS en su carta de comentarios del 29 de diciembre de 2009
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Acceso 5:
Acceso Público Peatonal de aproximadamente 4 metros de ancho.
Acceso 6:
Acceso Público Peatonal de aproximadamente 3 metros de ancho.
Acceso 7:
Acceso Peatonal controlado de aproximadamente 3 metros de
ancho. Se propone como acceso especial para los pescadores
bonafide del área.
Además, a continuación se incluyen los diagramas propuestos por el Plan y Reglamento
Especial para el Sector Punta Picúa. (Ver Figura 18-22)
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Figura 17. Calle y Accesos Propuestos por el Plan
6
CALLE
ACCESOS A LA COSTA
5
AREA DE RODAJE
ACERA
1.5 m
9.0 m
1.5 m
SECCION TIPICA DE CALLE
4
3
2
7
1
CALLE Y ACCESOS PROPUESTOS
90%
VIENE DE LA
CARR. - P.R.968
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Figura 18. Diseños de Paseos Tablados
PASEOS TABLADOS
Fuente: Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa, Junta de Planificación, 1995
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Figura 19. Torre De Observación
CALLE
BOSQUE
TORRE DE OBSERVACION
BOSQUE
Fuente: Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa, Junta de Planificación, 1995
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Figura 20. Estructuras sobre Columnas
VISUALES
HACIA LA
COSTA
VERJA
ACERN
VEGETACION INTRE
CALLE
ESTRUCTURAS Y
CALLE DE ACCESO
ESTRUCTURAS SOBRE COLUMNAS
Fuente: Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa, Junta de Planificación, 1995
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Figura 21. Diseño Integral
DONQUE
PASEO
MAR
TABLADO
VERJA
ACEPA
CANNETERA
ZONA MARITINO/TERRESTRE
ESTRUCTURAS SOBRE COLUMNAS
ZONA MARITIMO
PASSO
TERRESTRE
DESARROLLOS
ACCESO
BOSQUE
TABLADO
Fuente: Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa, Junta de Planificación, 1995
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Figura 22. Rotulación de Áreas
ROTULACION DE AREAS
Fuente: Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa, Junta de Planificación, 1995
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
RECOMENDACIONES SOBRE TÉCNICAS ESPECIALES DE INTERVENCIÓN
El Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, también integra
recomendaciones sobre Técnicas Especiales de Intervención que se describen a
continuación:
La situación de las fincas formadas y legalizadas en el sector de Punta Picúa, respecto a
su tamaño y su relación con las áreas delimitadas bajo los distritos B-Q y CR-, versus
aquellas áreas delimitadas bajo un distrito DTS, (según el Plan y Reglamento Especial),
presentan una oportunidad para implantar nuevas competencias que faciliten el
desarrollo y la conservación de los terrenos. De esta forma, se logra el objetivo de
preservar y conservar los recursos naturales del área, sin menoscabar los derechos y
oportunidades de los propietarios de las fincas señaladas. Estas competencias se basan
en el Reglamento de las Nuevas Competencias del Reglamento de Planificación Número
21, adoptado por la Junta de Planificación y con vigencia el 15 de septiembre de 1992.
REPARCELACIÓN
La condición de las fincas con respecto a los distritos de zonificación especial
propuestos, representa una oportunidad idónea para aplicar la técnica de reparcelación
en el uso futuro de los terrenos en el sector Punta Picúa. Debido a la formación previa
de las mencionadas fincas, hay algunas de ellas que dispondrían de una cantidad mayor
de terrenos zonificados DTS, mientras otras tendrían una cantidad menor y mucho más
limitada. En ese contexto, la técnica de reparcelación tendría el propósito de lograr una
nueva reorganización espacial, llevando a una distribución más equitativa de los
beneficios y cargos entre los participantes del plan. Las parcelas resultantes de la nueva
reparcelación serian adjudicadas entre los propietarios originales en proporción a sus
respectivos derechos, bajo un Programa de Reparcelación siguiendo los criterios
mínimos establecidos en el Reglamento de las Nuevas Competencias (Reglamento de
Planificación Número 21).
Mediante la técnica de reparcelación se podrían separar, para la preservación y
conservación por parte del Gobierno, los terrenos comprendidos en la reserva natural.
Facilitaría el manejo y uso óptimo de los mismos, a la vez que se lleva a cabo una
reorganización espacial saludable, atractiva y complementaria a la conservación y
preservación del área.
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE DESARROLLO
El propósito de esta técnica, es proteger, preservar y mejorar los recursos naturales y
ambientales, distribuyendo las cargas y beneficios a los diferentes propietarios
comprendidos en un plan. De esta forma, se le ofrece a los propietarios de terrenos
designados para preservación y conservación, una alternativa al desarrollo de los
mismos, donde los propietarios pueden obtener un uso económicamente beneficioso sin
alterar O perjudicar los recursos naturales y ambientales de importancia.
En el caso del Sector Punta Picúa, se podría establecer un Programa de Transferencia
de Derechos de Desarrollo, donde los propietarios de parcelas mayormente
comprendidas por terrenos de reserva natural, transfieran los derechos de desarrollo
pertenecientes a dichos terrenos, a los propietarios de terrenos desarrollables, pero con
limitaciones ya impuestas, con el objetivo de lograr un mayor beneficio en el uso de sus
terrenos. Cualquier Programa de Transferencia de Derechos de Desarrollo, tendría que
seguir los requisitos mínimos establecidos en el Reglamento de las Nuevas
Competencias (Reglamento de Planificación Número 21).
OTRAS TÉCNICAS DE INTERVENCIÓN
Existe un mecanismo que puede utilizarse para preservar permanentemente
propiedades con valor especial, como lo son las reservas naturales. De esa forma se
distribuye la carga con los beneficios de un plan o reglamento. En este mecanismo de
conservación de los recursos naturales se cede parte del terreno con valor natural que
existe en la propiedad del proponente al DRNA para su protección y manejo bajo la Ley
Núm. 183 del año 2001, "Ley de Servidumbre de Conservación. Las técnicas especiales
de intervención antes descritas, reconocen la técnica de reparcelación como la más
idónea para el sector de Punta Picúa, ya que la misma, puede ser implantada de forma
individual o mediante una combinación de ambas.
Igualmente, pueden ser combinadas con otras técnicas de intervención como la
Dedicación de Terrenos para Uso Público o Comunal y la Exacción por Impacto. Estas
técnicas también requieren de un Programa para su implantación, siguiendo los criterios
mínimos establecidos en el Reglamento de las Nuevas Competencias. Otro de los
mecanismos que puede ser utilizado sólo o en combinación, son las nuevas
competencias, la permuta y el arrendamiento con opción a compra. Mediante estos
mecanismos, agencias como el DRNA, puede liberar las tenencias de terrenos privados
en el área y llevar a cabo la implantación de las recomendaciones del Plan.
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
ESTRATEGIAS DE INTERVENCION Y MITIGACION
A continuación se incluye una tabla con las 24 estrategias que plantea el Plan, los
posibles impactos que estas tendrían en el sector y las medidas de mitigación que
deberán ser consideradas. (Ver Tabla 15)
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I Sector Punta Picúa
Tabla 15. Estrategias Propuestas por el Plan para el Sector Picúa
y Medidas de Mitigación
opuestas
Posibles Impactos
Medidas de Mitigación
ón de arena y
Alteración de las dunas y de la barrera
Prohibir la extracción.
actividad que
costanera.
e la erosión del
Erosión del litoral
en el litoral
de dunas con el
Erosión de las dunas y pérdida parcial o
Reforestación de dunas
:egerlas de la
total de las mismas
una mayor
hismas.
ección de los
Impactos sobre el litoral y la barrera
Cumplir con lo establecido en el Reglamento
icos del litoral,
costanera
Conjunto de Permisos para Obras de
SOS y actividades
Construcción y Usos de Terrenosmismos.
Zonificación de Zona Costanera (antes
Reglamento Núm. 17)
Iluminación adecuada según lo establece el
FWS
Notificación inmediata al ICP en caso de
encontrar restos arqueológicos.
nover aquellos
Aceite en los cuerpos de agua por
Educación ambiental a los residentes del
Je no destruyan
embarcaciones de motor (lanchas,
sector.
istentes como
motoras acuáticas).
Fiscalización y Vigilancia continua por el
tras especies de
Perturbación de flora y fauna marina
DRNA que incluya patrullaje en las costas.
por el ruido de los motores.
Prohibir el uso de lanchas de motor y
Impactos directos a los arrecifes por
motoras acuáticas
lanchas de motor y por anclas.
Delimitar el área donde no debe utilizarse
Impactos por golpe a animales
lanchas y/o motoras acuáticas mediante la
marinos.
instalación de boyas
Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Estrategias Propuestas
Posibles Impactos
Medidas de Mitigación
5. Evitar y prohibir aquellas actividades
Destrucción parcial 0 total de las dunas
Prohibir el uso de vehículos de motor en la
y usos que perjudiquen especies en
y de los nidos de tortugas por el uso de
playa (cuatriciclos motorizados "four
peligro de extinción tales como
vehículos de motor en la playa
track")
tortugas marinas, aves marinas y
(cuatriciclos motorizados "four track")
Educación ambiental a los residentes del
otro tipo de fauna así como
sector.
vegetación especial de las dunas.
6. Prohibir la iluminación en las áreas
Desorientación a las tortugas marinas y
Uso adecuado de la iluminación por medio
de anidaje de tortugas marinas,
sus neonatos.
utilizando el plan de iluminación del FWS
especialmente durante épocas en
Respetar la distancia de 50 mts. establecida
que éstas desovan.
en el Reglamento Conjunto de Permisos
para Obras de Construcción y Usos de
Terrenos-Zonificación de Zona Costanera
(antes Reglamento Núm. 17)
Educación ambiental a los residentes del
sector.
7. Proveer centros de observación,
Impacto durante la construcción de
Aprobación y fiscalización efectiva del Plan
estratégicamente localizados para el
estos centros de observación como son
CES.
disfrute del paisaje y vigilancia.
la erosión y la sedimentación
Ubicación de estos puntos en los distritos
DTS o CR-1
8. Proteger el sistema estuarino en la
Alteración parcial o total de los
Educación ambiental a los residentes del
Ensenada Comezón, mediante la
arrecifes de coral y otras especies de
sector.
prohibición de botes de motor a
flora y fauna del estuario por ruido,
Fiscalización y Vigilancia continua por el
velocidades altas y la prohibición de
aceite de motor o impactos directos
DRNA que incluya patrullaje en el estuario.
motoras acuáticas, así como otras
(golpes) por la presencia de
Prohibir el uso de lanchas de motor y
actividades y usos nocivos al
embarcaciones de motor.
motoras acuáticas
sistema.
9. Prohibir aquellos usos que impliquen
Posible impacto a la estabilidad del
Prohibición del depósito de relleno en
el depósito de relleno para el
terreno.
cualquier acción a llevarse a cabo en el
desarrollo de alguna actividad.
sector.
10. Promover el balance ecológico y
Destrucción parcial del mangle y de la
Prohibir las construcciones de cualquier tipo
funcionamiento natural del sistema
reserva natural al sur del camino.
al sur del camino.
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Estrategias Propuestas
Posibles Impactos
Medidas de Mitigación
de mangles en el área.
Contaminación de los cuerpos de agua
Proveer sistema de alcantarillado sanitario.
por disposición de aguas usadas
Prohibir los pozos sépticos
11. Controlar y limitar los accesos a los
Alteración de los hábitats.
Vigilancia continua por parte del DRNA
diferentes sectores del área natural.
Erosión y sedimentación
Pavimentar el acotamiento al norte del
camino
Pavimentar los accesos a la playa
Establecer veredas dentro de la reserva
para el disfrute de la misma
12. Controlar y limitar los usos
Alteración a los hábitats.
Vigilancia continua por parte del DRNA
recreativos (pasivos), paseos por
Impactos por las embarcaciones.
Prohibir las embarcaciones de motor
veredas, torre de observación,
Impactos durante la construcción de la
Cumplir a cabalidad con el plan CES durante
paseos en botes y cualquier otra
torre de observación y veredas
la construcción de veredas y torre de
actividad permitida en el área
observación
natural.
13. Permitir los usos relacionados a la
Esta actividad no debe tener impactos
Adecuada fiscalización por las agencias
investigación científica y actividades
sobre el ambiente ya que será
concernidas sobre las actividades científicas
relacionadas a la conservación y
únicamente de tipo investigación, por el
que se determinen llevar a cabo.
mantenimiento del área natural.
contrario, podrá aportar mayor o mejor
información sobre las especies de la
reserva, censos de las mismas entre
otras.
14. Proteger las especies endémicas del
La construcción de proyectos que se
Protección de las especies endémicas
área, conservando y creando refugio
aprueben en el sector podrían alterar o
durante la construcción de proyectos.
de aves y otras especies de vida
afectar las especies endémicas.
Plan de mitigación específico a la acción a
silvestre.
llevarse a cabo.
Fiscalización por parte de las agencias
concernidas.
15. Utilizar los canales para la
Impactos por sedimentos y erosión
Esta acción también deberá contener un
investigación científica y para la
durante la construcción de los canales.
plan de mitigación.
transportación de visitantes, con el
La construcción del estacionamiento
Las visitas a la reserva deberán ser
propósito de proveer paseos para la
para visitantes también ocasionará
limitadas y dirigidas por personal del DRNA
contemplación y el disfrute del área.
impactos durante la construcción.
o autorizadas por éste.
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Estrategias Propuestas
Posibles Impactos
Medidas de Mitigación
16. Controlar el número de visitantes al
Impacto a la Reserva por ruido.
Las visitas a la reserva deberán ser
área natural, a base de la capacidad
Basura dejada por los visitantes.
limitadas y dirigidas por personal del DRNA
de carga del sistema, evitando la
o autorizadas por éste.
degradación de los recursos
Colocación de zafacones en diversas áreas
naturales.
del sector.
Recogido de basura frecuente por el
municipio
Letreros de multa por arrojar basura y
patrullaje para la fiscalización y ejecución de
las multas.
17. Restringir el uso de embarcaciones
Alteración parcial o total de los canales,
Educación ambiental a los residentes del
de motor en la Maguana y canales
otras especies de flora y fauna del
sector.
identificados para la preservación y
mangle por ruido, aceite de motor o
Fiscalización y Vigilancia continua por el
conservación del bosque de mangle.
impactos directos (golpes) por la
DRNA que incluya patrullaje en el estuario.
Podrán permitirse botes de remos y
presencia de embarcaciones de motor.
Prohibir el uso de lanchas de motor y
motores eléctricos.
motoras acuáticas en los canales
18. Prohibir el depósito de relleno en
Sedimentos, erosión y contaminación
Prohibir el depósito de relleno en los
cuerpos de agua y terrenos
de los cuerpos agua de la ciénaga y
cuerpos de agua.
anegadizos tales como ciénagas y
manglares.
Vigilancia y fiscalización por las agencias
manglares.
concernidas
19. Prohibir áreas de depósito de
Contaminación al suelo y a los cuerpos
Colocación de zafacones en diversas áreas
desperdicios sólidos, tales como
de agua.
del sector.
vertederos clandestinos.
Infiltración de lixiviados a los cuerpos
Recogido de basura frecuente por el
de agua.
municipio
Letreros de multa por arrojar basura y
patrullaje para la fiscalización y ejecución de
las multas.
20. Prohibir las descargas de aguas
Contaminación a los cuerpos de agua
Proveer Sistema de Alcantarillado Sanitario
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
Estrategias Propuestas
Posibles Impactos
Medidas de Mitigación
usadas a los cuerpos de agua.
al Sector y prohibir el uso de pozos sépticos
inclusive en las residencias unifamiliares.
21. Evitar la remoción de la corteza
Inestabilidad al terreno
Evitar esta actividad durante la construcción
terrestre que produzca movimiento
Erosión del terreno
de los proyectos.
de sedimentos hacia terrenos
Sedimentación a los cuerpos de agua
Fiscalización del plan CES
anegadizos, cuerpos de agua y el
Medidas de mitigación específicas a la
mar.
acción que se realizará.
22. Promover el desarrollo ordenado y
Desparrame urbano
Aprobación y adopción del Plan y
adecuado a las condiciones del área,
Construcciones en la reserva natural, al
Reglamento Especial para el Sector Punta
mediante distritos de zonificación
sur del camino sobre los terrenos
Picúa.
especial y guías de ordenamiento y
zonificados como B-2
Prohibir la lotificación y edificación en el
diseño.
Impacto directo a la reserva
lado sur del camino Las Picúas.
23. Promover rotulación adecuada para
El impacto de esta acción es mínimo ya
Plan CES.
la prohibición de todas aquellas
que los letreros pueden ser colocados a
Fiscalización y vigilancia por parte del
actividades nocivas y perjudiciales a
los lados del camino o en áreas ya
DRNA.
los sistemas naturales del área.
impactadas. Posiblemente se generen
sedimentos al momento de hacer el
hincado para el poste del letrero.
24. Velar porque se cumpla con el
Contaminación a los cuerpos de agua
Toda actividad en esta área deberá obtener
requerimiento de certificaciones de
Sedimentación en los cuerpos de agua
permiso del DRNA de acuerdo al
compatibilidad federal para aquellas
Reglamento para el Aprovechamiento, Uso,
actividades donde esté envuelta una
Vigilancia, Conservación y Administración de
acción federal según dispone la Ley
las Aguas Territoriales en los terrenos
de Zona Costanera.
sumergidos bajo ésta y la zona marítimo
terrestres.
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
COMPROMISOS IRREVOCABLES o IRREPARABLES DE LOS RECURSOS
La adopción del Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, no representa
un compromiso irrevocable 0 irreparable de los recursos naturales del sector. La
revisión y mejoras al Plan y Reglamento pueden ser modificadas 0 revisadas de ser
necesario ya que el proceso de planificación es dinámico y busca el balance entre las
necesidades humanas y la conservación del medio ambiente. Cualquier proyecto que
vaya a ser desarrollado en el sector, deberá cumplir con el proceso de consulta de
ubicación para ser analizado a la luz del Plan y Reglamento. Además, deberá cumplir
con el proceso ambiental de la Ley sobre Política Pública Ambiental, Ley Número 416
del 2004, a través de medidas que persigan la conservación de la Reserva Natural del
Río Espíritu Santo.
MEDIDAS DE MITIGACIÓN
La adopción del Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, provee
mecanismos para asegurar la integridad de los recursos naturales a la vez que procura
garantizar el bienestar, la seguridad y la calidad de vida de sus habitantes.
El Plan y Reglamento Especial no constituyen una acción que afecte adversamente el
ambiente físico del sector ni representa un compromiso irrevocable de sus recursos
naturales por lo que no se anticipa la necesidad de desarrollar un plan de mitigación.
Sin embargo, la Junta de Planificación observará todas las medidas reglamentarias
aplicables para minimizar y mitigar los impactos ambientales que puedan resultar como
consecuencia de las acciones individuales a realizarse al amparo de este Plan.
Entre las medidas de mitigación que toda acción o futuro desarrollo que se contemple
en el área, deberá asegurar el cumplimiento a cabalidad del Plan y Reglamento Especial
para el Sector Punta Picúa y los reglamentos que le aplican y cualquier otro que las
agencias concernientes indiquen, así como el cumplimiento ambiental correspondiente.
Cualquier acción que se lleve a cabo deberá proteger cualquier recurso arqueológico
que se encuentre en el lugar y notificar al Instituto de Cultura Puertorriqueña.
Deberán hacer uso de los mapas vigentes de inundabilidad de FEMA; integrar medidas
de mitigación de iluminación para garantizar el no impacto al anidaje de las tortugas
marinas en el sector.
En la Sección de las Estrategias de Intervención y Mitigación del Plan y Reglamento
Especial, se describen 24 estrategias a seguir para lograr la protección, conservación y
restauración de los sistemas naturales en el Sector Punta Picúa y a la vez se armoniza
el desarrollo limitado y controlado del área. Ese capítulo también contiene una sección
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
con las Guías de Diseño específicas para los usos y actividades permitidas en el sector.
Estas dos secciones establecen medidas de mitigación que deberán seguirse a cabalidad
en cualquier acción futura que se contemple desarrollar en el sector.
Además, el análisis juicioso de las consultas de ubicación por parte de la Junta de
Planificación, y el uso de la tecnología disponible, como son los niveles de información
en el Sistema de Información Geográfica, serán instrumentos de evaluación y
planificación de los proyectos o acciones a desarrollarse en el sector y deberán cumplir
a cabalidad con lo establecido en el Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta
Picúa.
El Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, establece el carácter
específico que tendrán los usos de los terrenos existentes y propuestos en el sector. Se
propone que los terrenos al sur del camino de Las Picúa, se mantengan casi en su
totalidad dentro de un Distrito B-Q. Las actividades permitidas no pueden interferir con
el balance ecológico del área. Una pequeña porción se zonificó CR, esta es la franja
inmediatamente al sur del camino, colindando con éste. En esta porción se permite la
ubicación de facilidades recreativas y facilidades públicas. Un ejemplo de usos en esta
área pueden ser facilidades para el Cuerpo de Vigilantes del DRNA y para un biólogo
residente, para vigilar y fiscalizar las actividades que se lleven a cabo en el sector.
A continuación se presentan algunas medidas de mitigación que deberán contemplarse:
1.
Prohibir la extracción de arena en el sector.
2.
Reforestar las áreas despojadas de la corteza terrestre como resultado de
desarrollo de proyectos, en coordinación con el DRNA.
3. Hacer mandatoria la utilización de iluminación adecuada, tanto en los nuevos
proyectos como en las residencias existentes. Incluir en el documento
ejemplos de la iluminación adecuada según recomendada por el Servicio de
Pesca y Vida Silvestre.
4.
Prohibir los vehículos acuáticos de motor.
5.
Prohibir el depósito de relleno.
6.
Evitar sistemas de inyección al terreno (pozos sépticos) inclusive en las
residencias unifamiliares.
7.
Todo proyecto deberá conectarse a un sistema de alcantarillado sanitario.
8.
Toda propuesta deberá cumplir con el artículo 4(B) (3) de la Ley 416 del 2004,
mediante una Evaluación Ambiental o una Declaración de Impacto Ambiental
según aplique.
9.
Toda propuesta deberá llevar a cabo las correspondientes evaluaciones o
estudios arqueológicos.
10. Promover la investigación científica y las actividades relacionadas a la
conservación de los recursos naturales del área.
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
11. Promover la educación ambiental orientando a los ciudadanos del sector sobre
la importancia y la necesidad de su colaboración en el cuidado del mismo.
12. Rotular las especies de flora y fauna en el sector como una medida educativa.
13. Ubicar una estación del Cuerpo de Vigilantes del DRNA y un Biólogo residente
en el sector para garantizar la conservación de los recursos de la reserva.
14. Prohibir la utilización de vehículos de motor en la playa así como las lanchas
de motor y motoras acuáticas.
15. Prohibir las descargas de aguas usadas a los cuerpos de agua del área.
16. Incluir normas específicas para el acceso a las playas.
17. Proveer rotulación adecuada para la prohibición de actividades nocivas a los
sistemas naturales del área.
18. Prohibir los desarrollos extensos.
19. Remover los escombros y los vertederos clandestinos existentes en el sector.
20. Colocar letreros de multa por arrojar basura y asignar patrullas para que
fiscalicen y apliquen la multa a quienes lo hagan.
21. Proveer servicios de recogido de basura para garantizar una disposición de
desperdicios sólidos apropiada y evitar la contaminación a los suelos y la
reserva por la presencia de vertederos clandestinos.
22. Integrar un plan de reciclaje.
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
En Puerto Rico, las comunidades, los grupos comunitarios, la academia y los ciudadanos
en general han mostrado sumo interés por participar en proteger aquellas áreas cuyos
recursos naturales pueden verse amenazados.
Al amparo de la Ley Núm. 121 del 1 de noviembre de 1994, la Ley Orgánica de la Junta
de Planificación y en coordinación con el DRNA, llevaron a cabo el estudio del sector y
la preparación del Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa.
La Junta de Planificación preparó y presentó en vista pública, el día 3 de agosto de
1995, el documento preliminar del Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta
Picúa, ofreciendo oportunidad de participar y comentar sobre el mismo a organismos
gubernamentales, propietarios de terrenos, grupos de interés en el área, así como a la
ciudadanía en general. Posteriormente se evaluaron los comentarios recibidos y se
incorporaron las sugerencias pertinentes así como la revisión de los mecanismos para
lograr la conservación y desarrollo de los recursos del sector.
La Junta de Planificación presentó la DIA-P del Plan y Reglamento Especial para el
Sector Punta Picúa en vista pública, el día 24 de octubre de 2000 en la Casa Alcaldía del
Municipio de Río Grande. Posteriormente se evaluaron los comentarios recibidos y se
integraron al documento de la DIA-PA presentada ante la Junta de Calidad Ambiental.
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Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa
APÉNDICE I
JCA Resolución Cumplimiento Ambiental 2010
APÉNDICE II
Aviso Público Cumplimiento Ambiental
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