Regl. 8109, art. 10.70

Total de Cuerdas del Sector Punta Picúa

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Cite as Reglamento Núm. 8109, Art. 10.70

1,078.84 100.00 Nota: El Distrito Marino [CR-M] se extiende 9 millas náuticas⁵⁹ mar afuera, corresponde a la zona costanera y no al terreno como tal. Fuente: Junta de Planificación, GIS, 2009-08-28 Nota: las cantidades en cuerdas fueron redondeadas a dos dígitos 57 El Plan fue preparado en 1995 por lo que utiliza la nomenclatura vigente a ese año 58 Reglamento de Planificación Núm. 13 59 Una milla náutica equivale a 1,852 metros. Junta de Planificación, GIS, 2009 Junta de Planificación, 2011 Página 75 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Figura 16. Distribución de la Zonificación del Sector Punta Picúa Calificación del Sector Pusta Picds 115.46 cdas 224.55 cdas 11.70% 21.81% 15.18 cdas 1.41% 723.65 cdas 67.08% ato MPR MCR DTS ESTRATEGIAS DEL PLAN Y REGLAMENTO ESPECIAL El Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, plantea 24 estrategias con el propósito de lograr la protección, conservación y restauración de los sistemas naturales en el Sector Punta Picúa, a la vez que se armoniza con el desarrollo limitado y controlado del área: 1. Prohibir la extracción de arena y cualquier otra actividad que perjudique y ocasione la erosión del sistema de dunas en el litoral costero. 2. Reforestar las áreas de dunas con el propósito de protegerlas de la erosión y lograr una mayor consistencia de las mismas. 3. Promover la protección de los recursos arqueológicos del litoral, evitando aquellos usos y actividades que perjudiquen los mismos. 4. Identificar y promover aquellos deportes marinos que no destruyan los recursos existentes como los arrecifes de coral y otras especies de vida marina. 5. Evitar y prohibir aquellas actividades y usos que perjudiquen especies en peligro de extinción, tales como tortugas marinas, aves marinas y otro tipo de fauna así como la vegetación especial de las dunas. 6. Prohibir la iluminación en las áreas de anidaje de tortugas marinas, especialmente durante las épocas en que éstas desovan, debido a que estas luces desorientan a las tortugas y sus crías. Junta de Planificación, 2011 Página 76 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa 7. Proveer centros de observación, estratégicamente localizados para el disfrute del paisaje y para la vigilancia. 8. Proteger el sistema estuarino en la Ensenada Comezón, mediante la prohibición de botes de motor a velocidades altas y la prohibición de motoras acuáticas, así como otras actividades y usos que resulten nocivos al sistema. 9. Prohibir aquellos usos que impliquen el depósito de relleno para el desarrollo de alguna actividad. 10. Promover el balance ecológico y el funcionamiento natural del sistema de mangles en el área. 11. Controlar y limitar los accesos a los diferentes sectores del área natural. 12. Controlar y limitar los usos recreativos (pasivos), paseos por veredas, torres de observación, paseos en botes y cualquier otra actividad permitida en el área natural. 13. Permitir los usos relacionados a la investigación científica y a las actividades relacionadas a la conservación y al mantenimiento del área natural. 14. Proteger las especies endémicas del área, conservando y creando refugios de aves y de otras especies de vida silvestre. 15. Utilizar los canales para la investigación científica y para la transportación de visitantes, con el propósito de proveer paseos para la contemplación y el disfrute del área. Controlar el número de visitantes al área natural, basándose en la capacidad de carga del sistema, evitando así, la degradación de los recursos naturales. 16. Restringir el uso de las embarcaciones de motor en la Maguana y en los canales identificados para la preservación y conservación del bosque de mangle. Podrán permitirse botes de remos y motores eléctricos. 17. Prohibir el depósito de relleno en los cuerpos de agua y en los terrenos anegadizos, tales como ciénagas y manglares. 18. Prohibir las áreas de depósito de desperdicios sólidos, tales como vertederos clandestinos. 19. Prohibir las descargas de aguas usadas a los cuerpos de agua. 20. Evitar la remoción de material de la corteza terrestre, que produzca movimiento de sedimentos hacia terrenos anegadizos, cuerpos de agua y el mar. 21. Promover el desarrollo ordenado y adecuado a las condiciones del área, mediante distritos de zonificación especial y guías de ordenamiento y diseño. 22. Promover rotulación adecuada para la prohibición de todas aquellas actividades nocivas y perjudiciales a los sistemas naturales del área. 23. Velar porque se cumpla con el requerimiento de certificaciones de compatibilidad federal para aquellas actividades donde esté envuelta una acción federal según dispone la Ley de Zona Costanera. Toda actividad en esta área deberá obtener permiso del DRNA, según el Reglamento para el Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de las Aguas Territoriales en los terrenos sumergidos bajo ésta y la zona marítima terrestre. Junta de Planificación, 2011 Página 77 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa 24. Asignar áreas para reciclaje y composta para lograr la protección, conservación y restauración de los sistemas naturales⁶⁰. GUÍAS DE DISEÑO DEL PLAN Y REGLAMENTO ESPECIAL El Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, presenta guías de diseño específicas para los usos y las actividades permitidas en el sector, incluidas en este documento. A continuación se describen los accesos: Accesos El Sector Punta Picúa, cuenta con un acceso principal el cual está localizado de forma paralela a la costa, creando una separación entre lo que es el área de bosque (lado sur) y una franja de terreno costero en donde se encuentran la mayoría de las construcciones. Mayormente perpendicular a este acceso principal, surgen los accesos que comunican con la costa y con las construcciones (Ver Figura 17). Basado en las condiciones y en los accesos existentes en el sector, se proponen los siguientes accesos para el disfrute de los recursos naturales existentes, evitando el mínimo de intervención adversa a los mismos. La Ilustración Sobre Calle y Accesos Propuestos, presenta la alineación y extensión de la calle o acceso principal al área, identificando su sección típica. Esta calle es de uso público y su jurisdicción corresponde al municipio de Río Grande. También se presentan los diferentes accesos propuestos hacia el litoral costero y la zona marítimo-terrestre. A continuación se describen los mismos: Acceso 1: Acceso Público Peatonal. Mide aproximadamente 150 metros de largo y 2.5 metros de ancho. Debido a la longitud del mismo, se recomienda proveer áreas de descanso y servicios. Acceso 2: Acceso Público de aproximadamente 20 metros de ancho. Acceso 3: Acceso Público de aproximadamente 8 metros de ancho. Acceso 4: Acceso de aproximadamente 9 metros de ancho. Además sirve de acceso a las facilidades de la Asociación de Pescadores de Palmer. 60 Estrategia sugerida por ADS en su carta de comentarios del 29 de diciembre de 2009 Junta de Planificación, 2011 Página 78 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Acceso 5: Acceso Público Peatonal de aproximadamente 4 metros de ancho. Acceso 6: Acceso Público Peatonal de aproximadamente 3 metros de ancho. Acceso 7: Acceso Peatonal controlado de aproximadamente 3 metros de ancho. Se propone como acceso especial para los pescadores bonafide del área. Además, a continuación se incluyen los diagramas propuestos por el Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa. (Ver Figura 18-22) Junta de Planificación, 2011 Página 79 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Figura 17. Calle y Accesos Propuestos por el Plan 6 CALLE ACCESOS A LA COSTA 5 AREA DE RODAJE ACERA 1.5 m 9.0 m 1.5 m SECCION TIPICA DE CALLE 4 3 2 7 1 CALLE Y ACCESOS PROPUESTOS 90% VIENE DE LA CARR. - P.R.968 Junta de Planificación, 2011 Página 80 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Figura 18. Diseños de Paseos Tablados PASEOS TABLADOS Fuente: Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa, Junta de Planificación, 1995 Junta de Planificación, 2011 Página 81 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Figura 19. Torre De Observación CALLE BOSQUE TORRE DE OBSERVACION BOSQUE Fuente: Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa, Junta de Planificación, 1995 Junta de Planificación, 2011 Página 82 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Figura 20. Estructuras sobre Columnas VISUALES HACIA LA COSTA VERJA ACERN VEGETACION INTRE CALLE ESTRUCTURAS Y CALLE DE ACCESO ESTRUCTURAS SOBRE COLUMNAS Fuente: Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa, Junta de Planificación, 1995 Junta de Planificación, 2011 Página 83 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Figura 21. Diseño Integral DONQUE PASEO MAR TABLADO VERJA ACEPA CANNETERA ZONA MARITINO/TERRESTRE ESTRUCTURAS SOBRE COLUMNAS ZONA MARITIMO PASSO TERRESTRE DESARROLLOS ACCESO BOSQUE TABLADO Fuente: Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa, Junta de Planificación, 1995 Junta de Planificación, 2011 Página 84 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Figura 22. Rotulación de Áreas ROTULACION DE AREAS Fuente: Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa, Junta de Planificación, 1995 Junta de Planificación, 2011 Página 85 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa RECOMENDACIONES SOBRE TÉCNICAS ESPECIALES DE INTERVENCIÓN El Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, también integra recomendaciones sobre Técnicas Especiales de Intervención que se describen a continuación: La situación de las fincas formadas y legalizadas en el sector de Punta Picúa, respecto a su tamaño y su relación con las áreas delimitadas bajo los distritos B-Q y CR-, versus aquellas áreas delimitadas bajo un distrito DTS, (según el Plan y Reglamento Especial), presentan una oportunidad para implantar nuevas competencias que faciliten el desarrollo y la conservación de los terrenos. De esta forma, se logra el objetivo de preservar y conservar los recursos naturales del área, sin menoscabar los derechos y oportunidades de los propietarios de las fincas señaladas. Estas competencias se basan en el Reglamento de las Nuevas Competencias del Reglamento de Planificación Número 21, adoptado por la Junta de Planificación y con vigencia el 15 de septiembre de 1992. REPARCELACIÓN La condición de las fincas con respecto a los distritos de zonificación especial propuestos, representa una oportunidad idónea para aplicar la técnica de reparcelación en el uso futuro de los terrenos en el sector Punta Picúa. Debido a la formación previa de las mencionadas fincas, hay algunas de ellas que dispondrían de una cantidad mayor de terrenos zonificados DTS, mientras otras tendrían una cantidad menor y mucho más limitada. En ese contexto, la técnica de reparcelación tendría el propósito de lograr una nueva reorganización espacial, llevando a una distribución más equitativa de los beneficios y cargos entre los participantes del plan. Las parcelas resultantes de la nueva reparcelación serian adjudicadas entre los propietarios originales en proporción a sus respectivos derechos, bajo un Programa de Reparcelación siguiendo los criterios mínimos establecidos en el Reglamento de las Nuevas Competencias (Reglamento de Planificación Número 21). Mediante la técnica de reparcelación se podrían separar, para la preservación y conservación por parte del Gobierno, los terrenos comprendidos en la reserva natural. Facilitaría el manejo y uso óptimo de los mismos, a la vez que se lleva a cabo una reorganización espacial saludable, atractiva y complementaria a la conservación y preservación del área. Junta de Planificación, 2011 Página 86 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE DESARROLLO El propósito de esta técnica, es proteger, preservar y mejorar los recursos naturales y ambientales, distribuyendo las cargas y beneficios a los diferentes propietarios comprendidos en un plan. De esta forma, se le ofrece a los propietarios de terrenos designados para preservación y conservación, una alternativa al desarrollo de los mismos, donde los propietarios pueden obtener un uso económicamente beneficioso sin alterar O perjudicar los recursos naturales y ambientales de importancia. En el caso del Sector Punta Picúa, se podría establecer un Programa de Transferencia de Derechos de Desarrollo, donde los propietarios de parcelas mayormente comprendidas por terrenos de reserva natural, transfieran los derechos de desarrollo pertenecientes a dichos terrenos, a los propietarios de terrenos desarrollables, pero con limitaciones ya impuestas, con el objetivo de lograr un mayor beneficio en el uso de sus terrenos. Cualquier Programa de Transferencia de Derechos de Desarrollo, tendría que seguir los requisitos mínimos establecidos en el Reglamento de las Nuevas Competencias (Reglamento de Planificación Número 21). OTRAS TÉCNICAS DE INTERVENCIÓN Existe un mecanismo que puede utilizarse para preservar permanentemente propiedades con valor especial, como lo son las reservas naturales. De esa forma se distribuye la carga con los beneficios de un plan o reglamento. En este mecanismo de conservación de los recursos naturales se cede parte del terreno con valor natural que existe en la propiedad del proponente al DRNA para su protección y manejo bajo la Ley Núm. 183 del año 2001, "Ley de Servidumbre de Conservación. Las técnicas especiales de intervención antes descritas, reconocen la técnica de reparcelación como la más idónea para el sector de Punta Picúa, ya que la misma, puede ser implantada de forma individual o mediante una combinación de ambas. Igualmente, pueden ser combinadas con otras técnicas de intervención como la Dedicación de Terrenos para Uso Público o Comunal y la Exacción por Impacto. Estas técnicas también requieren de un Programa para su implantación, siguiendo los criterios mínimos establecidos en el Reglamento de las Nuevas Competencias. Otro de los mecanismos que puede ser utilizado sólo o en combinación, son las nuevas competencias, la permuta y el arrendamiento con opción a compra. Mediante estos mecanismos, agencias como el DRNA, puede liberar las tenencias de terrenos privados en el área y llevar a cabo la implantación de las recomendaciones del Plan. Junta de Planificación, 2011 Página 87 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa ESTRATEGIAS DE INTERVENCION Y MITIGACION A continuación se incluye una tabla con las 24 estrategias que plantea el Plan, los posibles impactos que estas tendrían en el sector y las medidas de mitigación que deberán ser consideradas. (Ver Tabla 15) Junta de Planificación, 2011 Página 88 I Sector Punta Picúa Tabla 15. Estrategias Propuestas por el Plan para el Sector Picúa y Medidas de Mitigación opuestas Posibles Impactos Medidas de Mitigación ón de arena y Alteración de las dunas y de la barrera Prohibir la extracción. actividad que costanera. e la erosión del Erosión del litoral en el litoral de dunas con el Erosión de las dunas y pérdida parcial o Reforestación de dunas :egerlas de la total de las mismas una mayor hismas. ección de los Impactos sobre el litoral y la barrera Cumplir con lo establecido en el Reglamento icos del litoral, costanera Conjunto de Permisos para Obras de SOS y actividades Construcción y Usos de Terrenosmismos. Zonificación de Zona Costanera (antes Reglamento Núm. 17) Iluminación adecuada según lo establece el FWS Notificación inmediata al ICP en caso de encontrar restos arqueológicos. nover aquellos Aceite en los cuerpos de agua por Educación ambiental a los residentes del Je no destruyan embarcaciones de motor (lanchas, sector. istentes como motoras acuáticas). Fiscalización y Vigilancia continua por el tras especies de Perturbación de flora y fauna marina DRNA que incluya patrullaje en las costas. por el ruido de los motores. Prohibir el uso de lanchas de motor y Impactos directos a los arrecifes por motoras acuáticas lanchas de motor y por anclas. Delimitar el área donde no debe utilizarse Impactos por golpe a animales lanchas y/o motoras acuáticas mediante la marinos. instalación de boyas Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Estrategias Propuestas Posibles Impactos Medidas de Mitigación 5. Evitar y prohibir aquellas actividades Destrucción parcial 0 total de las dunas Prohibir el uso de vehículos de motor en la y usos que perjudiquen especies en y de los nidos de tortugas por el uso de playa (cuatriciclos motorizados "four peligro de extinción tales como vehículos de motor en la playa track") tortugas marinas, aves marinas y (cuatriciclos motorizados "four track") Educación ambiental a los residentes del otro tipo de fauna así como sector. vegetación especial de las dunas. 6. Prohibir la iluminación en las áreas Desorientación a las tortugas marinas y Uso adecuado de la iluminación por medio de anidaje de tortugas marinas, sus neonatos. utilizando el plan de iluminación del FWS especialmente durante épocas en Respetar la distancia de 50 mts. establecida que éstas desovan. en el Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construcción y Usos de Terrenos-Zonificación de Zona Costanera (antes Reglamento Núm. 17) Educación ambiental a los residentes del sector. 7. Proveer centros de observación, Impacto durante la construcción de Aprobación y fiscalización efectiva del Plan estratégicamente localizados para el estos centros de observación como son CES. disfrute del paisaje y vigilancia. la erosión y la sedimentación Ubicación de estos puntos en los distritos DTS o CR-1 8. Proteger el sistema estuarino en la Alteración parcial o total de los Educación ambiental a los residentes del Ensenada Comezón, mediante la arrecifes de coral y otras especies de sector. prohibición de botes de motor a flora y fauna del estuario por ruido, Fiscalización y Vigilancia continua por el velocidades altas y la prohibición de aceite de motor o impactos directos DRNA que incluya patrullaje en el estuario. motoras acuáticas, así como otras (golpes) por la presencia de Prohibir el uso de lanchas de motor y actividades y usos nocivos al embarcaciones de motor. motoras acuáticas sistema. 9. Prohibir aquellos usos que impliquen Posible impacto a la estabilidad del Prohibición del depósito de relleno en el depósito de relleno para el terreno. cualquier acción a llevarse a cabo en el desarrollo de alguna actividad. sector. 10. Promover el balance ecológico y Destrucción parcial del mangle y de la Prohibir las construcciones de cualquier tipo funcionamiento natural del sistema reserva natural al sur del camino. al sur del camino. Junta de Planificación, 2011 Página 90 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Estrategias Propuestas Posibles Impactos Medidas de Mitigación de mangles en el área. Contaminación de los cuerpos de agua Proveer sistema de alcantarillado sanitario. por disposición de aguas usadas Prohibir los pozos sépticos 11. Controlar y limitar los accesos a los Alteración de los hábitats. Vigilancia continua por parte del DRNA diferentes sectores del área natural. Erosión y sedimentación Pavimentar el acotamiento al norte del camino Pavimentar los accesos a la playa Establecer veredas dentro de la reserva para el disfrute de la misma 12. Controlar y limitar los usos Alteración a los hábitats. Vigilancia continua por parte del DRNA recreativos (pasivos), paseos por Impactos por las embarcaciones. Prohibir las embarcaciones de motor veredas, torre de observación, Impactos durante la construcción de la Cumplir a cabalidad con el plan CES durante paseos en botes y cualquier otra torre de observación y veredas la construcción de veredas y torre de actividad permitida en el área observación natural. 13. Permitir los usos relacionados a la Esta actividad no debe tener impactos Adecuada fiscalización por las agencias investigación científica y actividades sobre el ambiente ya que será concernidas sobre las actividades científicas relacionadas a la conservación y únicamente de tipo investigación, por el que se determinen llevar a cabo. mantenimiento del área natural. contrario, podrá aportar mayor o mejor información sobre las especies de la reserva, censos de las mismas entre otras. 14. Proteger las especies endémicas del La construcción de proyectos que se Protección de las especies endémicas área, conservando y creando refugio aprueben en el sector podrían alterar o durante la construcción de proyectos. de aves y otras especies de vida afectar las especies endémicas. Plan de mitigación específico a la acción a silvestre. llevarse a cabo. Fiscalización por parte de las agencias concernidas. 15. Utilizar los canales para la Impactos por sedimentos y erosión Esta acción también deberá contener un investigación científica y para la durante la construcción de los canales. plan de mitigación. transportación de visitantes, con el La construcción del estacionamiento Las visitas a la reserva deberán ser propósito de proveer paseos para la para visitantes también ocasionará limitadas y dirigidas por personal del DRNA contemplación y el disfrute del área. impactos durante la construcción. o autorizadas por éste. Junta de Planificación, 2011 Página 91 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Estrategias Propuestas Posibles Impactos Medidas de Mitigación 16. Controlar el número de visitantes al Impacto a la Reserva por ruido. Las visitas a la reserva deberán ser área natural, a base de la capacidad Basura dejada por los visitantes. limitadas y dirigidas por personal del DRNA de carga del sistema, evitando la o autorizadas por éste. degradación de los recursos Colocación de zafacones en diversas áreas naturales. del sector. Recogido de basura frecuente por el municipio Letreros de multa por arrojar basura y patrullaje para la fiscalización y ejecución de las multas. 17. Restringir el uso de embarcaciones Alteración parcial o total de los canales, Educación ambiental a los residentes del de motor en la Maguana y canales otras especies de flora y fauna del sector. identificados para la preservación y mangle por ruido, aceite de motor o Fiscalización y Vigilancia continua por el conservación del bosque de mangle. impactos directos (golpes) por la DRNA que incluya patrullaje en el estuario. Podrán permitirse botes de remos y presencia de embarcaciones de motor. Prohibir el uso de lanchas de motor y motores eléctricos. motoras acuáticas en los canales 18. Prohibir el depósito de relleno en Sedimentos, erosión y contaminación Prohibir el depósito de relleno en los cuerpos de agua y terrenos de los cuerpos agua de la ciénaga y cuerpos de agua. anegadizos tales como ciénagas y manglares. Vigilancia y fiscalización por las agencias manglares. concernidas 19. Prohibir áreas de depósito de Contaminación al suelo y a los cuerpos Colocación de zafacones en diversas áreas desperdicios sólidos, tales como de agua. del sector. vertederos clandestinos. Infiltración de lixiviados a los cuerpos Recogido de basura frecuente por el de agua. municipio Letreros de multa por arrojar basura y patrullaje para la fiscalización y ejecución de las multas. 20. Prohibir las descargas de aguas Contaminación a los cuerpos de agua Proveer Sistema de Alcantarillado Sanitario Junta de Planificación, 2011 Página 92 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa Estrategias Propuestas Posibles Impactos Medidas de Mitigación usadas a los cuerpos de agua. al Sector y prohibir el uso de pozos sépticos inclusive en las residencias unifamiliares. 21. Evitar la remoción de la corteza Inestabilidad al terreno Evitar esta actividad durante la construcción terrestre que produzca movimiento Erosión del terreno de los proyectos. de sedimentos hacia terrenos Sedimentación a los cuerpos de agua Fiscalización del plan CES anegadizos, cuerpos de agua y el Medidas de mitigación específicas a la mar. acción que se realizará. 22. Promover el desarrollo ordenado y Desparrame urbano Aprobación y adopción del Plan y adecuado a las condiciones del área, Construcciones en la reserva natural, al Reglamento Especial para el Sector Punta mediante distritos de zonificación sur del camino sobre los terrenos Picúa. especial y guías de ordenamiento y zonificados como B-2 Prohibir la lotificación y edificación en el diseño. Impacto directo a la reserva lado sur del camino Las Picúas. 23. Promover rotulación adecuada para El impacto de esta acción es mínimo ya Plan CES. la prohibición de todas aquellas que los letreros pueden ser colocados a Fiscalización y vigilancia por parte del actividades nocivas y perjudiciales a los lados del camino o en áreas ya DRNA. los sistemas naturales del área. impactadas. Posiblemente se generen sedimentos al momento de hacer el hincado para el poste del letrero. 24. Velar porque se cumpla con el Contaminación a los cuerpos de agua Toda actividad en esta área deberá obtener requerimiento de certificaciones de Sedimentación en los cuerpos de agua permiso del DRNA de acuerdo al compatibilidad federal para aquellas Reglamento para el Aprovechamiento, Uso, actividades donde esté envuelta una Vigilancia, Conservación y Administración de acción federal según dispone la Ley las Aguas Territoriales en los terrenos de Zona Costanera. sumergidos bajo ésta y la zona marítimo terrestres. Junta de Planificación, 2011 Página 93 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa COMPROMISOS IRREVOCABLES o IRREPARABLES DE LOS RECURSOS La adopción del Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, no representa un compromiso irrevocable 0 irreparable de los recursos naturales del sector. La revisión y mejoras al Plan y Reglamento pueden ser modificadas 0 revisadas de ser necesario ya que el proceso de planificación es dinámico y busca el balance entre las necesidades humanas y la conservación del medio ambiente. Cualquier proyecto que vaya a ser desarrollado en el sector, deberá cumplir con el proceso de consulta de ubicación para ser analizado a la luz del Plan y Reglamento. Además, deberá cumplir con el proceso ambiental de la Ley sobre Política Pública Ambiental, Ley Número 416 del 2004, a través de medidas que persigan la conservación de la Reserva Natural del Río Espíritu Santo. MEDIDAS DE MITIGACIÓN La adopción del Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, provee mecanismos para asegurar la integridad de los recursos naturales a la vez que procura garantizar el bienestar, la seguridad y la calidad de vida de sus habitantes. El Plan y Reglamento Especial no constituyen una acción que afecte adversamente el ambiente físico del sector ni representa un compromiso irrevocable de sus recursos naturales por lo que no se anticipa la necesidad de desarrollar un plan de mitigación. Sin embargo, la Junta de Planificación observará todas las medidas reglamentarias aplicables para minimizar y mitigar los impactos ambientales que puedan resultar como consecuencia de las acciones individuales a realizarse al amparo de este Plan. Entre las medidas de mitigación que toda acción o futuro desarrollo que se contemple en el área, deberá asegurar el cumplimiento a cabalidad del Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa y los reglamentos que le aplican y cualquier otro que las agencias concernientes indiquen, así como el cumplimiento ambiental correspondiente. Cualquier acción que se lleve a cabo deberá proteger cualquier recurso arqueológico que se encuentre en el lugar y notificar al Instituto de Cultura Puertorriqueña. Deberán hacer uso de los mapas vigentes de inundabilidad de FEMA; integrar medidas de mitigación de iluminación para garantizar el no impacto al anidaje de las tortugas marinas en el sector. En la Sección de las Estrategias de Intervención y Mitigación del Plan y Reglamento Especial, se describen 24 estrategias a seguir para lograr la protección, conservación y restauración de los sistemas naturales en el Sector Punta Picúa y a la vez se armoniza el desarrollo limitado y controlado del área. Ese capítulo también contiene una sección Junta de Planificación, 2011 Página 94 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa con las Guías de Diseño específicas para los usos y actividades permitidas en el sector. Estas dos secciones establecen medidas de mitigación que deberán seguirse a cabalidad en cualquier acción futura que se contemple desarrollar en el sector. Además, el análisis juicioso de las consultas de ubicación por parte de la Junta de Planificación, y el uso de la tecnología disponible, como son los niveles de información en el Sistema de Información Geográfica, serán instrumentos de evaluación y planificación de los proyectos o acciones a desarrollarse en el sector y deberán cumplir a cabalidad con lo establecido en el Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa. El Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, establece el carácter específico que tendrán los usos de los terrenos existentes y propuestos en el sector. Se propone que los terrenos al sur del camino de Las Picúa, se mantengan casi en su totalidad dentro de un Distrito B-Q. Las actividades permitidas no pueden interferir con el balance ecológico del área. Una pequeña porción se zonificó CR, esta es la franja inmediatamente al sur del camino, colindando con éste. En esta porción se permite la ubicación de facilidades recreativas y facilidades públicas. Un ejemplo de usos en esta área pueden ser facilidades para el Cuerpo de Vigilantes del DRNA y para un biólogo residente, para vigilar y fiscalizar las actividades que se lleven a cabo en el sector. A continuación se presentan algunas medidas de mitigación que deberán contemplarse: 1. Prohibir la extracción de arena en el sector. 2. Reforestar las áreas despojadas de la corteza terrestre como resultado de desarrollo de proyectos, en coordinación con el DRNA. 3. Hacer mandatoria la utilización de iluminación adecuada, tanto en los nuevos proyectos como en las residencias existentes. Incluir en el documento ejemplos de la iluminación adecuada según recomendada por el Servicio de Pesca y Vida Silvestre. 4. Prohibir los vehículos acuáticos de motor. 5. Prohibir el depósito de relleno. 6. Evitar sistemas de inyección al terreno (pozos sépticos) inclusive en las residencias unifamiliares. 7. Todo proyecto deberá conectarse a un sistema de alcantarillado sanitario. 8. Toda propuesta deberá cumplir con el artículo 4(B) (3) de la Ley 416 del 2004, mediante una Evaluación Ambiental o una Declaración de Impacto Ambiental según aplique. 9. Toda propuesta deberá llevar a cabo las correspondientes evaluaciones o estudios arqueológicos. 10. Promover la investigación científica y las actividades relacionadas a la conservación de los recursos naturales del área. Junta de Planificación, 2011 Página 95 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa 11. Promover la educación ambiental orientando a los ciudadanos del sector sobre la importancia y la necesidad de su colaboración en el cuidado del mismo. 12. Rotular las especies de flora y fauna en el sector como una medida educativa. 13. Ubicar una estación del Cuerpo de Vigilantes del DRNA y un Biólogo residente en el sector para garantizar la conservación de los recursos de la reserva. 14. Prohibir la utilización de vehículos de motor en la playa así como las lanchas de motor y motoras acuáticas. 15. Prohibir las descargas de aguas usadas a los cuerpos de agua del área. 16. Incluir normas específicas para el acceso a las playas. 17. Proveer rotulación adecuada para la prohibición de actividades nocivas a los sistemas naturales del área. 18. Prohibir los desarrollos extensos. 19. Remover los escombros y los vertederos clandestinos existentes en el sector. 20. Colocar letreros de multa por arrojar basura y asignar patrullas para que fiscalicen y apliquen la multa a quienes lo hagan. 21. Proveer servicios de recogido de basura para garantizar una disposición de desperdicios sólidos apropiada y evitar la contaminación a los suelos y la reserva por la presencia de vertederos clandestinos. 22. Integrar un plan de reciclaje. PARTICIPACIÓN CIUDADANA En Puerto Rico, las comunidades, los grupos comunitarios, la academia y los ciudadanos en general han mostrado sumo interés por participar en proteger aquellas áreas cuyos recursos naturales pueden verse amenazados. Al amparo de la Ley Núm. 121 del 1 de noviembre de 1994, la Ley Orgánica de la Junta de Planificación y en coordinación con el DRNA, llevaron a cabo el estudio del sector y la preparación del Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa. La Junta de Planificación preparó y presentó en vista pública, el día 3 de agosto de 1995, el documento preliminar del Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa, ofreciendo oportunidad de participar y comentar sobre el mismo a organismos gubernamentales, propietarios de terrenos, grupos de interés en el área, así como a la ciudadanía en general. Posteriormente se evaluaron los comentarios recibidos y se incorporaron las sugerencias pertinentes así como la revisión de los mecanismos para lograr la conservación y desarrollo de los recursos del sector. La Junta de Planificación presentó la DIA-P del Plan y Reglamento Especial para el Sector Punta Picúa en vista pública, el día 24 de octubre de 2000 en la Casa Alcaldía del Municipio de Río Grande. Posteriormente se evaluaron los comentarios recibidos y se integraron al documento de la DIA-PA presentada ante la Junta de Calidad Ambiental. Junta de Planificación, 2011 Página 96 Plan y Reglamento Especial Sector Punta Picúa APÉNDICE I JCA Resolución Cumplimiento Ambiental 2010 APÉNDICE II Aviso Público Cumplimiento Ambiental Junta de Planificación, 2011 Página 97
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