Regl. 8114, art. 9 dup2

ACCIONES Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Length: 6,301 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8114, Art. 9 dup2

El(La) Secretario(a) podrá separar del Cuerpo a cualquiera de sus Miembros que sea objeto de alguna acción disciplinaria cuando su actuación ponga a riesgo la salud y seguridad de los(as) demás empleados(as) y del público en servicio, hasta que concluya la investigación y se le adjudique la acción disciplinaria pertinente si alguna. Esta separación será solo de empleo no de sueldo. Asimismo, el(la) Secretario(a) podrá, en el uso de su discreción, imponer la acción disciplinaria que mejor entienda, tomando como criterios el historial del(de la) empleado(a), los agravantes y atenuantes del caso, aumentando o disminuyendo la sanción. 30 9.1 Medidas Correctivas y Disciplinarias a) SECCIÓN PRIMERA: DE LAS FALTAS LEVES (1) Dejar de informar al(a la) supervisor(a) Cualquier Miembro del Cuerpo que dejare de informar cuando por cualquier causa hubiere disparado su arma de reglamento, con excepción a las prácticas oficiales de tiro al blanco, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por diez (10) días (2) No informar Cualquier Miembro del Cuerpo que sin justificación alguna dejare de preparar los informes oficiales, cuando así se le requieran; cuando dejare de trasmitir información relacionada con el servicio; órdenes recibidas al ser relevado; cuando se negare a dar explicación razonable de sus actuaciones oficiales; aquella conducta, actitud y comportamiento que refleje negativamente en su persona o en la del Cuerpo, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por diez (10) días (3) Oficios inmorales Cualquier Miembro del Cuerpo que se dedique a cualquier negocio, oficio, que lleve cualquier operación que aunque lícita redunde en detrimento del servicio, afecte en alguna forma la moral o la reputación del Cuerpo, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días 31 (4) Uso indebido de vehículos oficiales Cualquier Miembro del Cuerpo que maneje vehículos oficiales sin la debida autorización o utilice los mismos en asuntos no relacionados con el servicio, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días (5) Placa, distintivo 0 insignia no compatible con su rango Cualquier Miembro del Cuerpo que utilice una placa, que no corresponda a su rango, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por diez (10) días (6) Certificado médico, dejar de presentarlo Cualquier Miembro del Cuerpo que dejare de presentar el certificado médico dentro del término establecido para ello, sin causa justificada, luego de ausentarse del servicio por enfermedad, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por diez (10) días (7) No canalizar quejas Cualquier Miembro del Cuerpo que con intención de evitar que se practique una investigación, dejare de canalizar las quejas presentadas en contra de un Miembro del Cuerpo, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por diez (10) días 32 (8) Estacionamientos prohibidos Cualquier Miembro del Cuerpo que estacionare el vehículo oficial en sitios prohibidos por Ley o en áreas de estacionamiento no reservados para uso del Cuerpo, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por diez (10) días (9) Dejar de dar u obtener recibo Cualquier Miembro del Cuerpo en el desempeño de sus funciones oficiales, que dejare de dar u obtener recibo de la persona a quien se le ocupe o entregare cualquier propiedad, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días (10) Uso indebido de facilidades Cualquier Miembro del Cuerpo que permita a personas particulares, ajenas al Cuerpo, que pernocten o duerman en cualquier dependencia del Departamento o del Cuerpo, sin el permiso expreso del(de la) Secretario(a) o del(de la) Director(a), incurrirá en una falta leve que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días (11) Dejar de contestar correspondencia Cualquier Miembro del Cuerpo que dejare de contestar correspondencia de subalterno, excepto cuando la misma fuere libelo o constituyera una violación a las leyes postales, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días 33 (12) Prescindir del conducto oficial Cualquier Miembro del Cuerpo que prescindiera de los conductos oficiales al tramitar correspondencia oficial, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días (13) Uso de equipos defectuosos Cualquier Miembro del Cuerpo que autorizara o permitiera a un subalterno el uso de cualquier vehículo, armas o cualquier equipo perteneciente al Cuerpo, a sabiendas que se encontraban en estado defectuoso, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días (14) Negarse a recibir o atender queja Cualquier Miembro del Cuerpo que se negare a recibir o atender queja en contra de otro Miembro del Cuerpo, no importa su rango, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días (15) No conceder tiempo compensatorio Cualquier Miembro del Cuerpo que sin excusa razonable no concediera el tiempo compensatorio a que tuvieren derecho los Miembros del Cuerpo o que los obligue a firmar el formulario de asistencia del Departamento sin reflejar las horas extras trabajadas, incurrirá en una falta leve, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación Escrita Segunda vez: Reprimenda Escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días 34 b) SECCIÓN SEGUNDA: DE LAS FALTAS GRAVES (1) Uso indebido de licencias - Cualquier Miembro del Cuerpo que hiciere uso indebido de cualquiera de las licencias a que tuvieren derecho, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por diez (10) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Destitución (2) Negarse a prestar ayuda Cualquier Miembro del Cuerpo que se negare a prestar ayuda a un(a) compañero(a) del Cuerpo, funcionario del orden público o ciudadano(a) particular cuando le sea requerido, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Destitución (3) Insubordinación Cualquier Miembro del Cuerpo que desacate o desobedezca órdenes trasmitidas en forma verbal o escrita por cualquier supervisor(a) o funcionario(a) civil del Cuerpo, con autoridad para ello o que realice actos de insubordinación o indisciplina, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta y cinco (45) días Tercera vez: Destitución (4) Uso indebido del lenguaje Cualquier Miembro del Cuerpo que usare lenguaje ofensivo, soez, indecente, vulgar en la presencia de mujeres, niños, compañeros de trabajo, o ciudadanos particulares, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días 35 Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Destitución (5) Ridiculizar Cualquier Miembro del Cuerpo que ridiculizase por escrito u oralmente las actuaciones directas, determinaciones u órdenes directas de funcionarios(as) del Departamento para ello, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Destitución (6) Injuria Cualquier Miembro del Cuerpo que ponga en duda la integridad, honradez o competencia de cualquier Miembro del Cuerpo, empleado civil, funcionario público o persona particular, mediante manifestaciones públicas, verbales o escritas con el único fin de denigrarle, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Destitución (7) Encubrimiento Cualquier Miembro del Cuerpo que dejare de suministrar a sus superiores cualquier información obtenida o recibida sobre la comisión de delitos o violaciones a las leyes que el Miembro del Cuerpo tiene la obligación de cumplir o hacer cumplir o que permita que prescriban las investigaciones administrativas en los casos de abusos de poder, evitando de ese modo que se tome o pueda tomar acción administrativa en dichos casos, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarentaicinco (45) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Cuarta vez: Destitución 36 (8) Entrega tardía Cualquier Miembro del Cuerpo que con demora innecesaria, entregare a su supervisor(a) cualquier evidencia obtenida, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta y cinco (45) días Cuarta vez: Destitución (9) Incapacidad en el desempeño Cualquier Miembro del Cuerpo que demostrare incapacidad manifiesta, ineptitud, descuido, parcialidad o negligencia en el desempeño de sus deberes, funciones y responsabilidades, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Cuarta vez: Destitución (10) Pornografía Cualquier Miembro del Cuerpo que tenga en posesión libros, impresos, imágenes, grabados, videos, fotografías o materias que tendieran a traer o suscitar el interés lascivo, mórbido o impúdico en el sexo mientras esté en servicio, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Tercera vez: Destitución (11) Ayuda indebida Cualquier Miembro del Cuerpo que dé, reciba, solicite o permita que se dé, se reciba o solicite ayuda indebida en los exámenes de ingreso o ascenso en el Cuerpo, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo veinte (20) días 37 Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta (40) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días (12) Aceptación de valores Cualquier Miembro del Cuerpo que acepte dinero u objetos de valor o cualquier otro tipo de compensación de personas o entidades, por servicios prestados, sin la debida autorización del(de la) Secretario(a), incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución (13) No realizar inventarios Cualquier Miembro del Cuerpo que deje de realizar los inventarios de la propiedad que se encuentre bajo su custodia cuando le sea requerido o cuando es relevado de su posición, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por diez (10) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por veinte (20) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días (14) Cuarta falta leve Cualquier Miembro del Cuerpo que haya sido sancionado por cualesquiera otras tres (3) faltas leves y cometa otra falta leve, en el término de dos (2) años contados a partir de la fecha de sanción de la primera falta leve, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por veinte (20) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Destitución (15) Disparar arma de fuego indebidamente Cualquier Miembro del Cuerpo que dispare un arma de fuego contra cualquier persona, excepto en los casos de legítima defensa, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución 38 (16) Dejar el arma de reglamento Cualquier Miembro del Cuerpo que deje su arma de reglamento al alcance de personas particulares que puedan usarlas, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta y cinco (45) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Tercera vez: Destitución (17) Imputar hechos falsos Cualquier Miembro del Cuerpo que impute a cualquier persona actos que den lugar una investigación administrativa o a la radicación de una denuncia o acusación, a sabiendas que los hechos imputados son falsos, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta y cinco (45) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días (18) Alterar denuncias 0 acusación Cualquier Miembro del Cuerpo que altere, modifique, retire o deje de presentar cualquier denuncia o acusación sin la debida acusación, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Segunda vez: Destitución (19) Someter Informes Oficiales Falsos Cualquier Miembro del Cuerpo que redacte, prepare o someta cualquier informe oficial, a sabiendas de que el mismo o parte del mismo es falso o que haya sido falsificado, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Tercera vez: Destitución 39 (20) Agresión Cualquier Miembro del Cuerpo que agreda o maltrate a cualquier persona particular o persona detenida o bajo su custodia, o permita que tales actos se realicen en su presencia, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta (40) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días (21) Uso de bebidas alcohólicas Cualquier Miembro del Cuerpo que haga uso de bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia similar, cuyo uso deje demostrado que le incapacita para funcionar adecuadamente en el desempeño de sus deberes y responsabilidades, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días (22) Conducir bajo los efectos de bebidas embriagantes Cualquier Miembro del Cuerpo que conduzca un vehículo de motor oficial o lo haga funcionar bajo los efectos de bebidas embriagantes, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Segunda vez: Destitución (23) Convicción, sustancias controladas Cualquier Miembro del Cuerpo que sea declarado convicto por poseer, traficar o distribuir cualquiera de las sustancias controladas prohibida por las Leyes del Gobierno de Puerto Rico, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución 40 (24) Disposición de propiedad destinada a uso oficial Cualquier Miembro del Cuerpo que venda, preste, regale, ceda, utilice o en cualquier forma disponga indebidamente, propiedad que haya sido puesta o destinada a su disposición para uso oficial, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución (25) Dejar de personarse al servicio para recibir instrucciones Cualquier Miembro del Cuerpo que deje de personarse al servicio para recibir instrucciones en casos de emergencia, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Tercera vez: Destitución (26) De los documentos oficiales Cualquier Miembro del Cuerpo que dé publicidad o haga entrega de documentos oficiales, registros o informes en poder del Cuerpo, sin la debida autorización, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Cuarta vez: Destitución (27) Obstrucción de la función Cualquier Miembro del Cuerpo que comunique o dé a conocer a cualquier persona, información que pueda servir de ayuda a los infractores de la Ley para evitar que se les descubra, arreste, investigue o sancione, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Segunda vez: Destitución 41 (28) Ingresar, ascender o reingresar en el Cuerpo, mediante fraude, engaño u ocultación de información. Cualquier Miembro del Cuerpo que ingrese, reingrese o ascienda en el Cuerpo de Vigilantes mediante fraude, engaño u ocultación de información, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución (29) Poner en libertad, sin la debida autorización a cualquier persona arrestada o bajo orden de encarcelación. Cualquier Miembro del Cuerpo que libere, sin la debida autorización a cualquier persona arrestada o bajo orden de encarcelación, incurrirá en una falta grave, que será sancionada por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días (30) Vender, prestar, utilizar o en cualquier forma disponer de evidencia obtenida Cualquier Miembro del Cuerpo que venda, preste o utilice en cualquier forma dispone de evidencia obtenida, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Tercera vez: Destitución (31) Falsificar información Cualquier Miembro del Cuerpo que falsifique información en un documento oficial o de cualquier otro documento, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución (32) Utilización de instrumentos para obligar a confesar un delito Cualquier Miembro del Cuerpo que posea o transporte algún instrumento mecánico o eléctrico capaz de utilizarse para torturar seres humanos, con el propósito de obtener de estos confesiones o cualquier otra información, 42 o usar dichos instrumentos contra cualquier ser humano para obligarlo a confesar un delito u obtener de este cualquier otra información, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución (33) Uso de su posición para beneficio personal Cualquier Miembro del Cuerpo que utilice su posición como Miembro del Cuerpo, para solicitar pública o privadamente, dinero o cualquier objeto de valor de cualquier persona o entidad para fines de lucro personal o realizar acciones en beneficio personal o de particulares, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución (34) Dilación de procedimientos Cualquier Miembro del Cuerpo que detenga en su trámite aquellos documentos que deben llegar a la consideración del(de la) Secretario(a) o del(de la) Director(a), esto por negligencia o para dilatar los procesos, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta y cinco (45) días (35) Permitir escape por descuido 0 negligencia Cualquier Miembro del Cuerpo que un prisionero o persona bajo su custodia, detención o arresto, se escape por descuido o negligencia, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por veinte (20) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta (40) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días (36) Disparar un arma de fuego Cualquier Miembro del Cuerpo que dispare un arma de fuego contra animales, objetos o estructuras viciosamente o sin justificación alguna, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: 43 Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días (37) Negarse a realizar su función Cualquier Miembro del Cuerpo que se niegue a atender querellantes o ignore violaciones efectuadas en su presencia, alegando que no está en servicio o estando franco de servicio que el caso no le compete a la demarcación que se le ha asignado, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Sanción administrativa de reprimenda escrita Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días (38) Ocultar la identidad Cualquier Miembro del Cuerpo que oculte su identidad como Miembro del Cuerpo, mediante la eliminación del marbete de identificación e insignia si estuviere de uniforme, ocultando el rostro mediante el uso del cualquier disfraz o alterando su apariencia física utilizando pelucas, barbas o cualquier otro medio de ocultación, a menos que fuese autorizado por su supervisor(a) para lograr el esclarecimiento de cualquier asunto bajo investigación; así como ocultar o cambiar la tablilla del vehículo oficial sin la debida autorización, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Cuarta vez: Destitución (39) Aceptar beneficios Cualquier Miembro del Cuerpo que acepte comidas, alojamiento, trasportación o cualquier otro beneficio de cualquier parte involucrada en una investigación a llevarse a cabo, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: 44 Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta y cinco (45) días (40) Uso de bebidas embriagantes o sustancias controladas Cualquier Miembro del Cuerpo que permita el uso de bebidas embriagantes o sustancias controladas a personas que estén bajo su custodia, detenidas o bajo investigación, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución (41) Dejar de atender llamadas de auxilio Cualquier Miembro del Cuerpo que dejare de atender con la debida premura las llamadas de auxilio que se le hicieran, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días (42) Causar 0 permitir que se cause daño a equipo del Departamento Cualquier Miembro del Cuerpo que cause o permita que se cause daño a equipo o propiedad del Departamento por omisión o comisión, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días (43) Pérdida del arma de reglamento Cualquier Miembro del Cuerpo que permita que se pierda, hurte por negligencia, se deteriore o haga inservible el arma de reglamento o el arma asignada para realizar las tereas especiales, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días 45 Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Tercera vez: Destitución (44) Uso indebido de su arma de reglamento Cualquier Miembro del Cuerpo que haga uso indebido de su arma de reglamento, al utilizarla como herramienta de trabajo mientras realiza tareas no relacionadas a su función como vigilante y por la cual recibe paga, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Cuarta vez: Destitución (45) Hostigamiento sexual Cualquier Miembro del Cuerpo que incurra en conducta de Hostigamiento Sexual en el empleo, ya sea por cualquier acercamiento de índole sexual no deseado hacia otro(a) empleado(a), así como emitir comentarios de índole sexual no deseados en presencia de otros(as) empleados(as); incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución (46) Portar armas no autorizadas Cualquier Miembro del Cuerpo que porte armas que no sean las asignadas a los Miembros del Cuerpo, mientras presta servicios aunque esté legalmente autorizado a portarla, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Sanción administrativa de reprimenda escrita Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días (47) Conflicto de intereses Cualquier Miembro del Cuerpo que incurra en conflicto de interés al recibir compensación por realizar tareas con personas o empresas que tengan relaciones contractuales o en conflicto con el Departamento, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: 46 Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Tercera vez: Destitución Relaciones contractuales incluyen, además de contratos de servicios, permisos, licencias, concesiones y otros que el Miembro del Cuerpo tenga como parte de sus funciones de fiscalización. (48) Afiliación en contra del Gobierno de Puerto Rico 0 de los Estados Unidos de América Cualquier Miembro del Cuerpo que pertenezca o esté afiliado con cualquier organización cuyo fin sea derrocar el Gobierno de Puerto Rico o de los Estados Unidos de América, mediante fuerza y el uso de armas, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución (49) Manejo indebido de evidencia Cualquier Miembro del Cuerpo que maneje la evidencia indebidamente, al no cumplir con las normas y procedimientos oficiales para manejar evidencia, objetos o cualquier otra propiedad que llegue a manos del Miembro del Cuerpo y como consecuencia cause la alteración, daño o pérdida de la misma; incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta (40) días (50) Uso indebido de los sistemas de información del Departamento Cualquier Miembro del Cuerpo que haga uso indebido de los sistemas de información del Departamento, cuando su uso no sea con propósitos oficiales, para fines personales o cuando con propósitos oficiales la misma se utilice para informar a personas no autorizadas, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días 47 (51) Divulgar información de naturaleza confidencial Cualquier Miembro del Cuerpo que divulgue información de naturaleza confidencial a personas no autorizadas o brinde información sobre asuntos oficiales de naturaleza confidencial, que ponga en riesgo el esclarecimiento o afecte de alguna manera una investigación en curso, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por cuarenta y cinco (45) días (52) Uso indebido del sistema de Radio Comunicación del Departamento Cualquier Miembro del Cuerpo que haga uso indebido del sistema de Radio Comunicación del Departamento, al obstruir la frecuencia, usar lenguaje obsceno, denigrante o vulgar a través de la radio, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días (53) Negarse a que se le tomen pruebas de laboratorio Cualquier Miembro del Cuerpo que se niegue a la toma de pruebas de laboratorio para determinar la presencia en su organismo de sustancias controladas no autorizadas, cuando le sean requeridos en estricto cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen esta materia, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución (54) Dar positivo a sustancias controladas no autorizadas Cualquier Miembro del Cuerpo que arroje positivo en una prueba de dopaje realizada en cumplimiento de la reglamentación a estos efectos, de cualquier sustancia controlada no autorizada, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Destitución 48 (55) Daños a la propiedad del Gobierno Cualquier Miembro del Cuerpo que cause daños a la propiedad del Gobierno cuando por omisión, comisión o negligencia se compruebe la pérdida, el deterioro o se haga inservible cualquier propiedad del Gobierno que esté bajo el uso y la custodia, o cuando no esté asignada al Miembro del Cuerpo permita que ocurra el daño por omisión, descuido o negligencia; incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Tercera vez: Destitución (56) Realizar actos proselitistas Cualquier Miembro del Cuerpo que realice propaganda o cualquier gestión pública a favor o en contra de cualquier partido político o candidato a un cargo político en horas laborales o aunque fuera de horas laborables lo haga dentro de las facilidades de la Agencia, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Sanción administrativa de reprimenda escrita Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días (57) Omisión en el cumplimiento del deber Cualquier Miembro del Cuerpo que incurra en omisión en el cumplimiento del deber, al dejar de tomar las acciones que corresponda cuando observare acciones que constituyen desviación a las leyes y reglamentos vigentes, o que un supervisor dejare de tomar la acción disciplinaria que corresponda en contra de un Miembro del Cuerpo, cuando observare conducta en violación a las normas de conducta; incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días 49 (58) Hacer uso de bebidas alcohólicas Cualquier Miembro del Cuerpo que haga uso de bebidas alcohólicas estando en servicio, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días (59) Provocar 0 sostener riñas Cualquier Miembro del Cuerpo que en servicio provoque o sostenga riñas mediante la agresión física o verbal con otro Miembro del Cuerpo o con personas particulares, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días (60) Provocar accidentes Cualquier Miembro del Cuerpo que estando de servicio en forma negligente y como consecuencia de cometer una falta grave provoque un accidente, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Tercera vez: Destitución (61) Llevar a cabo investigaciones particulares Cualquier Miembro del Cuerpo que estando o no en servicio realice investigaciones particulares que no estén asociadas a sus funciones utilizando o en representación de su posición como Miembro del Cuerpo, incurrirá en una grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días 50 (62) Abandono de servicio Se considera abandono de servicio cuando un Miembro del Cuerpo se ausente del servicio sin la debida autorización o sin haber sido debidamente relevado. Entiéndase también por abandono de servicio cualquiera de las siguientes: a) Dejar de preparar y presentar sin justificación válida los informes relacionados y mandatorios como parte de sus funciones, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Sanción administrativa de reprimenda escrita Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días b) Dormirse en el trabajo (negligencia). Incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Tercera vez: Destitución c) Abandonar el servicio sin previa autorización del(de la) supervisor(a) inmediato(a), excepto en situaciones de extrema emergencia. Es responsabilidad del(de la) empleado(a) notificar a la brevedad posible la razón por la cual abandona el servicio una vez cese la emergencia. Incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por noventa (90) días Tercera vez: Destitución d) Dejar de comparecer ante los Tribunales de Justicia u otros organismos del Gobierno para las cuales haya sido previamente citado, excepto en casos que media justa causa. Incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Sanción administrativa de reprimenda escrita Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días. Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días 51 e) Desatender su demarcación para atender asuntos no relacionados. Incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Sanción administrativa de reprimenda escrita Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días f) Participar estando en servicio o no estando en servicio, vistiendo el uniforme del Cuerpo en protestas, piquetes o demostraciones aun cuando las mismas estén cobijadas por ley. Incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días g) Dejar de transmitir información relacionada con el servicio u órdenes recibidas al ser relevado, incurrirá en falta leve grave, que será sancionado por: Primera vez: Amonestación escrita Segunda vez: Sanción administrativa de reprimenda escrita Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días h) Hacer uso indebido de cualquiera de las licencias a que tienen derecho. Se considera uso indebido el fingir enfermedad o ausentarse sin previa autorización o no informar sobre la razón para ausentarse tan pronto retorna al servicio, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por veinte (20) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días i) Dejar de incorporarse a su respectiva unidad de trabajo al vencimiento de cualquier periodo de licencia sin justificación valida, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días 52 j) Dejar de tomar servicio en la fecha, hora y sitio indicados sin razón válida, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Sanción administrativa de reprimenda escrita Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días k) Dejar de atender llamados de auxilio cuando le sean requeridos o aún cuando no le sean requeridos, excepto que su intervención ponga en riesgo su integridad física, incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días 1) Cualquier Miembro del Cuerpo que evada o trate de evadir el servicio fingiendo enfermedad o que se dedique a trabajar en otra empresa, negocio o agencia, mientras disfruta de licencia por enfermedad. Incurrirá en una falta grave, que será que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Destitución m) Cualquier Miembro del Cuerpo que abandone el servicio sin la debida autorización o sin haber sido debidamente relevado, dejando su área o demarcación desprovista de la presencia de un Miembro del Cuerpo, sin que medie justa causa. Incurrirá en una falta grave, que será sancionado por: Primera vez: Suspensión de empleo y sueldo por quince (15) días Segunda vez: Suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días Tercera vez: Suspensión de empleo y sueldo por sesenta (60) días 53 (63) Cometer cualquier falta grave por cuarta vez o cualesquiera cuatro faltas graves Se considera falta grave que conlleva la destitución del Miembro del Cuerpo cuando el mismo haya sido sancionado tres (3) veces previamente por la comisión de cualquiera o cualesquiera tres (3) faltas graves. Esta disposición no limita la aplicación de esta sanción cuando esté dispuesto en este Artículo de forma separada la destitución como sanción en las primeras tres (3) ocurrencias.
Regl. 8114, art. 9 dup2: ACCIONES Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS | Justis AI