Regl. 8117, art. 10-10.10
Procedimientos Especiales de Reclutamiento y Selección
Cite as Reglamento Núm. 8117, Art. 10-10.10
a. Cuando resulte impracticable atender las necesidades del servicio con nombramientos hechos con
sujeción al procedimiento ordinario establecido en este reglamento, la Autoridad Nominadora podrá
utilizar procedimientos especiales de reclutamiento y selección. Este procedimiento se utilizará para
reclutar puestos de trabajadores no diestros 0 semidiestros y para garantizar la igualdad de
oportunidad en el empleo a participantes de programas de adiestramientos y empleo, a fin de
cumplir con las metas de los programas.
b. El procedimiento especial para puestos de trabajadores no diestros 0 semidiestros consistirá de un
examen de evaluación, a los fines de determinar si los candidatos reúnen los requisitos mínimos
establecidos para la clase de puestos en las cuales habrán de ser nombrados y las condiciones
generales de ingreso al servicio público.
C. Normas específicas para garantizar la igualdad de oportunidades en el empleo a participantes de
programas de adiestramientos y empleo:
1. La Autoridad Nominadora podrá cubrir puestos en el Servicio de Carrera con participantes
de programas de adiestramientos y empleo que reúnan los siguientes requisitos y
condiciones:
35
a. Requisitos mínimos de preparación académica, experiencia de trabajo y otros
establecidos para la clase de puesto en que se efectuará el nombramiento.
b. Haber completado y aprobado satisfactoriamente la experiencia de adiestramiento
y empleo.
C. Cumplir con las condiciones generales para ingreso en el servicio público.
2. El examen consistirá de una combinación de evaluación de preparación académica y
experiencia de trabajo, a los únicos fines de determinar que los candidatos reúnan los
requisitos mínimos establecidos para las clases de puestos en las cuales habrán de ser
nombrados. Se considerará además, la evaluación del supervisor.
3. La Autoridad Nominadora preparará listas por clases de puestos de aquellos candidatos
que hayan completado los requisitos para optar por puestos de carrera. La Autoridad
Nominadora podrá seleccionar cualquier participante que figure en sus listas para cubrir
cualquier puesto igual o similar al que desempeño en el programa de adiestramientos y
empleo, siempre que reúna los requisitos para desempeñar el mismo.
4. El participante deberá aprobar el periodo probatorio asignado a la clase de puesto para el
cual haya sido seleccionado.