Regl. 31, art. 11
Reglamento de la Comisión de la Policía, bajo la Ley 77, 22 de junio de 1956. Vigencia 9 de noviembre de 1956
Cite as Reglamento Núm. 31, Art. 11
Sobre Organización de la Comision:
(a) La Comisión tendrá sus oficinas en la cludad de
San Juan, Puerto "ico, pero la Comisión o cualquiera de sus
Miembros designado por el Presidente podrá celebrar audienclas en cualquier sitio de 1a Isla si así fuere necesario.
(b) Toda correspondencia para la Comisión deberá dirigirse a: Comisión de la Policia, San Juan, Puerto Rico.
Atención: Secretario.
(c) La Comisión 0 cualquiera de sus Miembros designado
por el Presidente celebrará audiencias públicas, vistas o
reuniones cuantas veces sea necesario para llevar a cabo
las labores que le impone la Ley, tanto en sus oficinas de
San Juan, como en cualquier otro lugar de la Isla.