Regl. 8117, art. 17-17.4
Reglamentación Interna sobre Jornada de Trabajo y Asistencia
Cite as Reglamento Núm. 8117, Art. 17-17.4
1.
Se podrá adoptar reglamentación interna, por escrito, que no esté en conflicto con las leyes,
ni con este Reglamento, estableciendo normas para regir los aspectos relacionados con la
jornada de trabajo, asistencia y pago de horas extras.
2.
Cuando un empleado quede fuera de nómina de las fechas regulares de pago el mismo se
efectuara los dÃas quince (15) y treinta (30) del mes en que quedo fuera del pago de nómina.