Regl. 8117, art. 2
DENOMINACIÓN
Cite as Reglamento Núm. 8117, Art. 2
Este Reglamento se conocerá bajo el nombre de "Reglamento de Personal de la Autoridad de
Tierras de Puerto Rico y sus Subsidiarias". Este reglamento deroga el Reglamento de Personal de la
Autoridad de Tierras de Puerto Rico, Reglamento Número 7638 de 16 de diciembre de 2008.