Regl. 8117, art. 3
BASE LEGAL
Cite as Reglamento Núm. 8117, Art. 3
Este Reglamento se adopta conforme a las disposiciones de la Ley de Tierras de Puerto Rico, Ley
26 de 12 abril de 1941, 28 L.P.R.A., § 241(p); y al Principio de Mérito que emana de la Ley Número 184 de
3 de agosto de 2004, Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público; el Plan
de Reorganización Núm. 4 de 29 de julio de 2010 y la Ley Número 170 de 12 de agosto de 1988 según
enmendada Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.