Regl. 8117, art. 9-9.10

Asignación de las Clases de Puestos a las Escalas de Retribución

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Cite as Reglamento Núm. 8117, Art. 9-9.10

El Director Ejecutivo asignará inicialmente las clases que integren el plan de clasificación a las escalas de sueldos contenidas en el plan de retribución vigente, con base principalmente en la jerarquía relativa que se determine para cada clase dentro del plan de clasificación. Se podrá tomar en consideración otros factores, como la dificultad existente en el reclutamiento y retención del personal para determinadas clases; sueldos prevalecientes en otros sectores de la economía para la misma ocupación; condiciones especiales y situación fiscal. 18 El Director Ejecutivo reasignará cualquier clase de puesto de una escala de retribución a otra de las contenidas en el plan de retribución, cuando la necesidad 0 eficiencia del servicio así lo requiera; 0 como resultado de un estudio que se realice con respecto a una clase de puesto, una serie de clases o un área de trabajo; 0 por exigencia de una modificación al plan de clasificación.
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