Regl. 8117, art. 9-9.5
Esquema Ocupacional
Cite as Reglamento Núm. 8117, Art. 9-9.5
Una vez agrupados los puestos, determinadas las clases que constituirán el plan de clasificación y
designadas con su tÃtulo oficial, se preparará un esquema ocupacional 0 profesional de las clases de
puestos que se establezcan, incluyéndolas dentro de los correspondientes grupos ocupacionales 0
profesionales que se identifiquen. Este esquema reflejará la relación entre una y otra clase y entre las
diferentes series de clases que éstas constituyan dentro de un mismo grupo y entre los diferentes grupos 0
áreas de trabajo representadas en el plan de clasificación. Este esquema formará parte del plan de
clasificación.
Se preparará y mantendrá actualizada una relación de dicho esquema ocupacional 0 profesional, y
una lista o Ãndice alfabético de las clases de puestos comprendidos en el plan de clasificación.
Cada clase de puesto se identificará numéricamente en los documentos antes indicados mediante
una codificación basada en el esquema ocupacional o profesional que se adopte. Esta numeración se
utilizará como un medio de identificación de las clases en otros documentos oficiales que se preparen.
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