Regl. 8117, art. 9-9.7

Status de los Empleados en Puestos Reclasificados

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Cite as Reglamento Núm. 8117, Art. 9-9.7

El status de los empleados cuyos puestos sean reclasificados se determinará de acuerdo con las siguientes formas: 16 1. Si la reclasificación procediera por virtud de un error en la clasificación original y la misma representara un ascenso, y el incumbente no reuniera los requisitos de la nueva clase, se podrá trasladar al empleado a un puesto, si lo hubiere vacante, de la clase que corresponda al nombramiento original del empleado, sin que el traslado resulte oneroso para éste. Si reúne los requisitos se podrá confirmar al empleado en el puesto reclasificado, sin ulterior certificación de elegibles. Si el cambio representara un descenso, se podrá confirmar a éste en el puesto sin que ello afecte el derecho de apelación que tuviere el empleado si quisiera ejercitarlo; 0 se podrá trasladar al empleado a un puesto vacante que hubiere de la clase correspondiente al nombramiento del empleado; 0 dejar en suspenso la reclasificación hasta tanto se logre reubicar al empleado. En cualquier caso, el empleado tendrá el mismo status que antes de la reclasificación de su puesto. 2. Si la reclasificación procediera por cambio sustancial en deberes, autoridad y responsabilidad y el cambio resultara en un puesto de categoría superior, se podrá ascender al empleado si su desempeño, asistencia, historial de comportamiento y preparación académica lo justifican. También se podrá autorizar el ascenso del empleado conforme a las normas establecidas en este Reglamento para este tipo de ascenso. En los casos en que el empleado haya realizado los deberes del puesto, el supervisor podrá recomendar al Director Ejecutivo que se le acredite ese tiempo al período probatorio. Si el incumbente del puesto, al momento de la reclasificación, no pudiera ocupar el puesto reclasificado, la autoridad nominadora lo reubicará en un puesto de clasificación igual a su nombramiento 0 en un puesto similar, para el cual el empleado reúna los requisitos mínimos. 3. Si la reclasificación procediera por evolución del puesto 0 por modificación del plan de clasificación, el incumbente permanecerá ocupando el puesto reclasificado con el mismo status que antes del cambio.
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