Regl. 8125, art. 10-10.2

Responsabilidad del Encargado del Inventario Perpetuo

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Cite as Reglamento Núm. 8125, Art. 10-10.2

1. Mantener actualizado el Inventario Perpetuo a través del Sistema de Información o mediante la tarjeta "Record de Inventario Perpetuo". 2. Recibe la copia de la Requisición de materiales y rebaja las cantidades despachadas en el Sistema de Información o en la tarjeta. 3. Analiza los records de inventario perpetuo con el inventario físico que lleve a cabo el Encargado del Almacén. a. Cuando haya diferencias cotejará requisición por requisición con fines a advertir errores cometidos. Si no encuentra errores y persisten las diferencias preparará un informe al Director. 4. Mantener records de las Órdenes de Compra de materiales para deducir el costo de las requisiciones y preparar informes trimestrales señalando el gasto de materiales por oficinas. 30/36 REGLAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y CAJA MENUDA DEL INSTITUTO DE CULTURA PUERTORRIQUEÑA a. El informe (original) se enviará al Director Ejecutivo Auxiliar de Administración y copia del mismo a los Directores de las Oficinas de Servicios Generales y la de Planificación y Presupuesto. 5. Preparar la documentación requerida a someterse a la Oficina de Compras con el propósito de abastecer el Almacén de Materiales. 6. Mantener expedientes de todas las requisiciones y de las órdenes de compra de materiales que se tramiten para abastecer el almacén.
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