Regl. 8125, art. 10-10.2
Responsabilidad del Encargado del Inventario Perpetuo
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Cite as Reglamento Núm. 8125, Art. 10-10.2
1.
Mantener actualizado el Inventario Perpetuo a través del Sistema de Información o
mediante la tarjeta "Record de Inventario Perpetuo".
2.
Recibe la copia de la Requisición de materiales y rebaja las cantidades despachadas
en el Sistema de Información o en la tarjeta.
3.
Analiza los records de inventario perpetuo con el inventario físico que lleve a cabo el
Encargado del Almacén.
a.
Cuando haya diferencias cotejará requisición por requisición con fines a
advertir errores cometidos. Si no encuentra errores y persisten las diferencias
preparará un informe al Director.
4.
Mantener records de las Órdenes de Compra de materiales para deducir el costo de las
requisiciones y preparar informes trimestrales señalando el gasto de materiales por
oficinas.
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REGLAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y CAJA MENUDA DEL INSTITUTO DE CULTURA PUERTORRIQUEÑA
a.
El informe (original) se enviará al Director Ejecutivo Auxiliar de
Administración y copia del mismo a los Directores de las Oficinas de
Servicios Generales y la de Planificación y Presupuesto.
5.
Preparar la documentación requerida a someterse a la Oficina de Compras con el
propósito de abastecer el Almacén de Materiales.
6.
Mantener expedientes de todas las requisiciones y de las órdenes de compra de
materiales que se tramiten para abastecer el almacén.