Regl. 8125, art. 7-7.1

Propósito y Establecimiento del Fondo de Caja Menuda

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Cite as Reglamento Núm. 8125, Art. 7-7.1

1. El Fondo de Caja Menuda se establece con el propósito de cubrir, en efectivo, pagos para adquirir bienes o servicios cuando por la urgencia resulta impracticable atender las necesidades mediante la utilización del proceso ordinario de compras o que el bien se encuentre en existencia en el almacén de Materiales del Instituto. 2. Se faculta al Director Ejecutivo Auxiliar de Administración para establecer aquellos Fondos de Caja Menuda que sean necesario en consideración a las necesidades particulares de cada Programa y Oficina.
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