Regl. 8126, art. 2-2.3
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Cite as Reglamento Núm. 8126, Art. 2-2.3
Las disposiciones de este Reglamento aplican a todo funcionario o empleado del Instituto y a
toda persona natural o jurÃdica que intervenga directa o indirectamente en el proceso de
contratación con el Instituto de Cultura Puertorriqueña.