Regl. 3207, art. 21
Convocatoria; Notificación
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Cite as Reglamento Núm. 3207, Art. 21
a. La Junta notificará el ofrecimiento de exámenes
por medio de una convocatoria publicada en dos (2)
periódicos de mayor circulación, con dos (2)
meses de anticipación a la fecha acordada para
la celebración de los mismos. En dicha convocatoria se anunciará, también, la fecha lÃmite
para radicar las solicitudes de examen.
b. Una vez evaluadas dichas solicitudes, si la
Junta determina que cumplen con todos los requisitos de la Ley y este Reglamento, le notificará al solicitante, por escrito, la fecha,
hora y sitio del examen.